10/17/2013

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 276-2013-SUNARP/SN Autorizan

Autorizan supresión de la Oficina Receptora de Cabana, en el distrito de Cabana, provincia de Pallasca, departamento de Ancash RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 276-2013-SUNARP/SN Lima, 16 de octubre de 2013 VISTOS, el Oficio N° 290-2013-SUNARP-ZRN°VII/JEF de fecha 29 de agosto de 2013, por el cual el Jefe (e) de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, solicita la supresión de la Oficina Receptora de Cabana, y el Informe N° 651-2013-SUNARP/GPD de fecha 01 de octubre de 2013; y el Informe
Autorizan supresión de la Oficina Receptora de Cabana, en el distrito de Cabana, provincia de Pallasca, departamento de Ancash
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 276-2013-SUNARP/SN
Lima, 16 de octubre de 2013
VISTOS, el Oficio N° 290-2013-SUNARP-ZRN°VII/JEF
de fecha 29 de agosto de 2013, por el cual el Jefe (e) de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, solicita la supresión de la Oficina Receptora de Cabana, y el Informe N° 651-2013-SUNARP/GPD de fecha 01 de octubre de 2013; y el Informe N° 684-2013-SUNARP/GL de fecha 03 de octubre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de la SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos;

Que, la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene ámbito geográfico y competencia registral en el departamento de Ancash;

Que, el numeral 7 de la Directiva N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN, aprobada por Resolución del Superintendente Nacional N° 139-2008-SUNARP/SN – en el caso de supresión de Oficinas Receptoras o traslado de oficinas receptoras se seguirá en lo que corresponda, el procedimiento detallado en la Directiva y de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad vigente;

Que, de acuerdo al Oficio de Vistos, la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, solicita se declare la supresión de la Oficina Receptora de Cabana.

Que, mediante Informe N° 651-2013-SUNARP/GPD de fecha 01 de octubre de 2013, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central, opina favorablemente respecto a la propuesta de supresión de la Oficina Receptora en el distrito de Cabana; y la Gerencia Legal en su Informe de Vistos, opina favorablemente a la supresión de la Oficina Receptora de Cabana;

De conformidad al Acuerdo adoptado en Sesión de Directorio N° 290, del 05 de febrero de 2013, se delegó en el Superintendente Nacional la facultad de crear, trasladar y suprimir las Oficinas Receptoras de la SUNARP; y a lo previsto en el literal v), del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP , aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la supresión de la Oficina Receptora de Cabana, en el distrito de Cabana, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz.

Artículo Segundo.- DISPONER que el Jefe de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, adopte las acciones que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto en el artículo anterior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

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