10/10/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 306-2013/JNAC/RENIEC Constituyen el Grupo de Trabajo de la Gestión del

Constituyen el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 306-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de octubre de 2013 VISTOS: El Memorando N° 00428-2013/OSDN/ RENIEC (02SEP2013) y la Hoja de Elevación N° 000010-2013/OSDN/RENIEC (13AGO2013), emitidos por la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Informe N° 000005-2013/OBR/OSDN/RENIEC (28AGO2013), emitido por el Asesor de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Informe N° 000009-2013/PNV/OSDN/ RENIEC (13AGO2013), emitido por
Constituyen el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 306-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 4 de octubre de 2013
VISTOS: El Memorando N° 00428-2013/OSDN/ RENIEC (02SEP2013) y la Hoja de Elevación N° 000010-2013/OSDN/RENIEC (13AGO2013), emitidos por la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Informe
N° 000005-2013/OBR/OSDN/RENIEC (28AGO2013), emitido por el Asesor de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Informe N° 000009-2013/PNV/OSDN/ RENIEC (13AGO2013), emitido por el Profesional 2 de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el Memorando N° 000484-2013/GG/RENIEC (22AGO 2013), emitido por la Gerencia General, y el Informe N° 00001614-2013/GAJ/ RENIEC (05AGO2013), emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que de acuerdo a lo previsto en el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N° 29664, se define a la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como a minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente;

Que el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29664, establece que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, siendo esta función indelegable;

Que mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el SINADERD, el cual establece en el numeral 13.4 del artículo 13° que los titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia; dichos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD y estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes;

Que el artículo 18° del citado Reglamento establece las funciones de los Grupos de Trabajo, destacando la participación e integración de esfuerzos de las entidades públicas, el sector privado y la ciudadanía en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD, articulándolos dentro de los mecanismos institucionales y armonizando la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres con otras políticas transversales de desarrollo;

Que mediante Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, se aprueba la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", en el marco de la Ley N° 29664 y su Reglamento, los mismos que son aplicables a las entidades públicas del Gobierno Nacional;

Que en tal sentido, resulta viable constituir el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil , para la formulación de normas, planes, evaluación, organización, supervisión, fiscalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, integrada por los funcionarios competentes;
y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres –
SINAGERD, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD, aprobada con Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural 124-2013/JNAC/RENIEC;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Constituir el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que estará integrado por los siguientes funcionarios:
• El Jefe Nacional, quien lo preside • El Gerente General • La Secretaría General • El Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional • El Gerente de Planificación y Presupuesto • El Gerente de Administración • El Gerente de Tecnología de la Información • El Gerente de Talento Humano • El Gerente de Imagen Institucional Artículo Segundo.- El Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, constituido en el artículo 1°
de la presente Resolución Jefatural, asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD
"Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno".

Artículo Tercero.- El Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, deberá instalarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución Jefatural.

Artículo Cuarto.- La Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, estará a cargo del Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, el cual brindará apoyo administrativo y técnico correspondiente.

Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural a la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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