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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 065-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
10/11/2013
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 065-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 065-2013-VMPCIC-MC Lima, 4 de octubre de 2013 Vistos, el Expediente 21573-2013, el Memorando 130-2013-DRC-CAL/MC, el Oficio 239-3012-2013-PSP/CR, y el Informe N° 067-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 065-2013-VMPCIC-MC
Lima, 4 de octubre de 2013
Vistos, el Expediente 21573-2013, el Memorando 130-2013-DRC-CAL/MC, el Oficio 239-3012-2013-PSP/CR, y el Informe N° 067-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1° de la Ley N° 28296
establece que son bienes inmateriales que integran el Patrimonio Cultural de la Nación, las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país;
Que, el literal b) del artículo 7° de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Informe N° 563-2013-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe N° 067-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 27
de agosto de 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y solicita, al amparo de las normas vigentes, que la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao se declare Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, en el precitado documento, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, abundan referencias históricas sobre la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao, de las que se concluye que se trata de una tradición de más de 400 años que se mantiene vigente hasta el día de hoy, congregando a la población del distrito Carmen de La Legua Reynoso, perteneciente a la Provincia Constitucional del Callao, quienes la celebran en dos momentos del año, durante los meses de julio y octubre, siendo así una tradición religiosa familiar, asimismo, el culto a esta virgen se expresa en la citada Provincia Constitucional durante todo el año con misas los días domingo y los días 16 de cada mes;
Que, alrededor de esta festividad se han extendido una serie de manifestaciones populares vigentes que son parte de la tradición cultural y religiosa del Callao, tal y como mencionan los portadores de esta tradición, manifestación cultural que es referente de la "identidad chalaca" y da cuenta de la fe católica de sus devotos, confiriéndoles un sentido de pertenencia a la provincia. Esta celebración moviliza y hace partícipe de forma activa a la población local de diversas edades, impactando significativamente en su vida cotidiana. El culto a la Virgen del Carmen de La Legua es significativamente dinámico ya que en diversos momentos la imagen se acerca a la gente, se da a conocer, visita a otros patrones y se moviliza por varios espacios, siendo este culto uno de los principales factores de cohesión social de la población de la Provincia Constitucional del Callao;
Que, por lo expuesto, la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao, debe ser declarada como Patrimonio Cultural de la Nación, en tanto se trata de una muestra de fervor religioso que constituye un referente de identidad para la población local, con un importante valor histórico, así como vigencia y continuidad en el tiempo;
Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 67-2013-DPI-DGPC/MC detalla las características, importancia, valor, alcance, y significado de la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao para efectos de ser declarada Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Con los visados de la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Inmaterial, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Virgen del Carmen de La Legua de la Provincia Constitucional del Callao, la cual se celebra durante los meses de julio y octubre, por ser una muestra de fervor religioso que constituye un referente de identidad para la población local, con un importante valor histórico, vigencia y continuidad en el tiempo.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 067-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 27 de agosto de 2013, y de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Artículo 3°.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao, al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como a los órganos y unidades orgánicas que correspondan, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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