10/11/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 066-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al uso

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 066-2013-VMPCIC-MC Lima, 4 de octubre de 2013 Vistos, los Expedientes 16956-2013 y 40793-2013, y el Informe N° 065-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 066-2013-VMPCIC-MC
Lima, 4 de octubre de 2013
Vistos, los Expedientes 16956-2013 y 40793-2013, y el Informe N° 065-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 2 del artículo 1° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país;

Que, el literal b) del artículo 7° de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de esta entidad realizar acciones
de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe N° 562-2013-DGPC-VMPCIC/ MC de fecha 26 de agosto de 2013, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe N° 065-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 26 de agosto de 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y solicita, al amparo de las normas vigentes, que el uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú se declare Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, en el precitado documento, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, abundan referencias históricas sobre el uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú, y de la exposición de sus fundamentos se concluye que se trata de conocimientos y prácticas ancestrales vigentes, que constituyen un eje de la vida social y económica, así como un referente de la identidad cultural de los pescadores artesanales y de la población local;

Que, los conocimientos tecnológicos tradicionales relacionados a la totora en el litoral de la costa norte peruana -principalmente en la costa de los departamentos de La Libertad, Lambayeque y Ancash- están expresados en el uso y manejo de esta materia prima, siendo que dicha tradición, así como el cultivo de la planta, data desde la época prehispánica, y se ha mantenido a lo largo del tiempo hasta la actualidad;

Que, las comunidades costeras involucradas en la extracción, manejo y uso de la totora se vinculan socialmente a partir de estas actividades, generando la dinamización de la economía en cada lugar, al estar su uso vinculado con actividades productivas como son la pesca, el comercio, la construcción de viviendas y la artesanía, sirviendo además como planta de forraje;

Que, la continuidad de esta tecnología constituye un saber tradicional vivo y vigente que ha perdurado de generación en generación, toda vez que, para los portadores de esta tradición cultural, no es posible concebir la vida cotidiana sin sus costumbres vinculadas al uso y manejo de la totora, y sin las tecnologías y prácticas particulares vinculadas al cultivo, transformación y utilización de este recurso natural;

Que, por lo expuesto, el uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú, debe ser declarada como Patrimonio Cultural de la Nación, por cuanto contiene conocimientos y prácticas ancestrales vigentes y se constituye como eje de la vida social y económica local, así como en referente de la identidad cultural de los pescadores tradicionales y del resto de la población local;

Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 065-2013-DPI-DGPC/MC detalla las características, importancia, valor, alcance, y significado del uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú, para efectos de ser declarado Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del artículo 6° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

Estando a lo visado por la Directora General (e)
de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al uso tradicional de la totora en el litoral de la costa norte del Perú, por contener conocimientos y prácticas ancestrales vigentes, constituyendo un eje de la vida social y económica, así como un referente de la identidad cultural de los pescadores artesanales y de la población local.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 065-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 26 de agosto de 2013, y de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.
pe).

Artículo 3°.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como a los órganos y unidades orgánicas que correspondan, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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