9/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 755-2017/MINSA Aprueban la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para

Aprueban la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Diarreica Aguda en la Niña y el Niño" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 755-2017/MINSA Lima, 1 de setiembre del 2017 Visto, los Expedientes Nº 17-014810-017 y 17-014810-016 que contienen el Informe Nº 061-2017-EVN-DVICI-DGIESP/MINSA, el Informe Nº 043-2017-EVN-DVICI-DGIESP/MINSA, la Nota Informativa Nº 832-2017-DGIESP/MINSA y la Nota Informativa Nº 877-2017-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones
Aprueban la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Diarreica Aguda en la Niña y el Niño"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 755-2017/MINSA
Lima, 1 de setiembre del 2017
Visto, los Expedientes Nº 17-014810-017 y 17-014810-016 que contienen el Informe Nº 061-2017-EVN-DVICI-DGIESP/MINSA, el Informe Nº 043-2017-EVN-DVICI-DGIESP/MINSA, la Nota Informativa Nº 832-2017-DGIESP/MINSA y la Nota Informativa Nº 877-2017-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establecen que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública entre otros, en Intervenciones por curso de vida y cuidado integral;

Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64 del precitado Reglamento establecen como funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública el coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños entre otros, en materia de Intervenciones por curso de vida y cuidado integral;
proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de Salud Pública; así como, proponer, conducir, supervisar y evaluar el planeamiento y/o modelo de las acciones de las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños a la salud, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Salud; así como con los gobiernos regionales;

Que, por Resolución Ministerial Nº 291-2006/ MINSA, se aprobaron las Guías de Práctica Clínica para la Atención de las Patologías más frecuentes y Cuidados Esenciales en la Niña y el Niño, que en número de diez (10), forman parte de la referida Resolución, entre ellas, la signada con el numeral "3.

Guía de Práctica Clínica Diarrea Aguda y Cólera en la Niña y el Niño";

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus competencias ha elaborado la propuesta de documento normativo denominado Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Diarreica Aguda en la Niña y el Niño", con el objetivo de establecer los criterios técnicos para el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad diarreica aguda en la niña y el niño, priorizando los menores de 5 años, contribuyendo a la reducción de la morbilidad y mortalidad por esta enfermedad. Asimismo, ha propuesto la derogación del numeral "3. Guía de Práctica Clínica Diarrea Aguda y Cólera en la Niña y el Niño", aprobado con Resolución Ministerial Nº 291-2006/MINSA;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Que, mediante el Informe Nº 462-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Diarreica Aguda en la Niña y el Niño", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Guía Técnica.

Artículo 3.- Derogar el numeral 3 del artículo 1, de la Resolución Ministerial Nº 291-2006/MINSA, referido a la "Guía de Práctica Clínica Diarrea Aguda y Cólera en la Niña y el Niño".

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud

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