10/20/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 068-2013-VMPCIC-MC Modifican Directiva "Normas y procedimientos de

Modifican Directiva "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura" RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 068-2013-VMPCIC-MC Lima, 18 de octubre de 2013 Visto, el Informe N° 366-2013-DGICA-VMPCIC/MC de la Dirección General (e) de Industrias Culturales y Artes y el Informe N° 087-2013-DAFO-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección (e) del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder
Modifican Directiva "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 068-2013-VMPCIC-MC
Lima, 18 de octubre de 2013
Visto, el Informe N° 366-2013-DGICA-VMPCIC/MC de la Dirección General (e) de Industrias Culturales y Artes y el Informe N° 087-2013-DAFO-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección (e) del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público;

Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste último es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional;

Que, la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, modificada por Ley N° 29919, en su Capítulo V, regula los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2013-VMPCIC-MC de fecha 6 de agosto de 2013, se aprobó la Directiva N° 002-2013-VMPCIC/MC, denominada: "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura";

Que, conforme a lo manifestado en los documentos del Visto, se indica que es preciso se modifique el plazo establecido tanto para la etapa de Convocatoria Pública como para la de Formulación y Absolución de Consultas de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas, en los numerales 7.1 y 7.2 de la precitada Directiva, dado el carácter particular que reviste cada uno de los concursos, así como el numeral 7.6
referido a la Declaración de Ganadores de los Concursos;

Que, en tal sentido, resulta necesario modificar los numerales 7.1, 7.2 y 7.6 de la Directiva N° 002-2013-VMPCIC/ MC, denominada: "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Viceministerial N° 050-2013-VMPCIC-MC, conforme a lo sustentado por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios;

Estando a lo visado por la Directora General (e) de Industrias Culturales y Artes, el Director (e) del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, modificada por Ley N° 29919; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar los numerales 7.1, 7.2 y 7.6 de la Directiva N° 002-2013-VMPCIC/MC, denominada: "Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográficas organizados por el Ministerio de Cultura";
aprobada por Resolución Viceministerial N° 050-2013-VMPCIC-MC, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
"7.1 De la convocatoria pública La convocatoria es la comunicación pública respecto a los Concursos, mediante la cual se informa a las Empresas Cinematográficas los requisitos de postulación a los Concursos, cronogramas, así como sus restricciones, características, documentos a presentar, entre otros. Dicho acto se efectiviza con la publicación de la resolución que aprueba las Bases de los Concursos, a través del Diario Oficial "El Peruano", y con la difusión de las Bases en el portal institucional del Ministerio de Cultura, así como a través de otros mecanismos de difusión que considere necesarios la mencionada Dirección.

El plazo de la convocatoria pública será establecido en las Bases de los Concursos, de acuerdo al cronograma que se adjunte a las mismas."
"7.2 Formulación y absolución de consultas Por medio de las consultas, las empresas interesadas en postular podrán solicitar a la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura, la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases, dentro del plazo que se establezca en el cronograma adjunto a las mismas.

Las consultas podrán realizarse por escrito, en formato físico o virtual.

En el caso de las consultas virtuales, estas podrán realizarse únicamente al siguiente correo electrónico institucional: concursoscine@mcultura.gob.pe.

Las consultas sólo serán consideradas válidas cuando las empresas interesadas en postular, consignen su razón social, el nombre completo de su representante legal, departamento al que pertenece, nombre del concurso, y la pregunta concreta y precisa, así como el domicilio legal y el correo electrónico.

Al finalizar el periodo de formulación de consultas, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura deberá absolver las mismas y publicar en el portal institucional del Ministerio de Cultura, la consolidación de las consultas y respuestas efectuadas, de acuerdo con las fechas establecidas en el cronograma de las Bases de cada concurso." (…)
"7.6 Declaración de ganadores El Director General de Industrias Culturales y Artes declarará a las Empresas Cinematográficas ganadoras de los Concursos mediante Resolución, en base al "Acta de Evaluación Final del Jurado", la cual será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura.

Asimismo, la referida Resolución Directoral será notificada, dentro del plazo y con las formalidades previstas en la Ley N° 27444. El Ministerio de Cultura, en acto público, efectuará el reconocimiento de las Empresas Cinematográficas ganadoras de los Concursos."
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y su difusión en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.
pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.