11/14/2013

DECRETO SUPREMO N° 014-2013-MINAGRI que modifica el artículo 4 del N° 014-2012-AG, que creó la Red

Decreto Supremo que modifica el artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG, que creó la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada - REDIAGRO DECRETO SUPREMO N° 014-2013-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2012-AG, se creó la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada, REDIAGRO, como espacio de coordinación para optimizar la intervención conjunta de los tres niveles de gobierno en la generación, acceso, difusión y uso de la
Decreto Supremo que modifica el artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG, que creó la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada - REDIAGRO
DECRETO SUPREMO N° 014-2013-MINAGRI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2012-AG, se creó la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada, REDIAGRO, como espacio de coordinación para optimizar la intervención conjunta de los tres niveles de gobierno en la generación, acceso, difusión y uso de la Información Agraria Especializada, de los distintos grupos de interés, especialmente los pequeños y medianos productores agrarios, participando en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Difusión de la Información Agraria Especializada del Sector Público Agrario;

Que, el artículo 4 del dispositivo antes mencionado, señala que la REDIAGRO es presidida por el Viceministro de Agricultura y la Secretaría Técnica la ejerce la Dirección de Información Agraria de la Dirección General de Competitividad Agraria;

Que, mediante la Ley N° 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, se modificó, entre otros, la denominación del Ministerio de Agricultura a Ministerio de Agricultura y Riego, así como la estructura básica de la Alta Dirección, conformada, entre otros, por el Viceministro de Políticas Agrarias, y por el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego;

Que, en consecuencia, es necesario modificar el artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG, en lo relacionado a la Presidencia de la Red Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada;

En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación del artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG
Modifícase el artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2012-AG, en los términos siguientes:
"Artículo 4.- De la Presidencia y Secretaría Técnica La REDIAGRO es presidida por el Viceministro de Políticas Agrarias y la Secretaría Técnica la ejerce la Dirección de Información Agraria de la Dirección General de Competitividad Agraria".

Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura y Riego

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