11/20/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 246-2013-CE-PJ Prorrogan funcionamiento del Juzgado de Familia

Prorrogan funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de Nazca, Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 246-2013-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 121-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 064-2013-GO-CNDP-CE/PJ, de la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios en mérito al acuerdo adoptado por la referida comisión. CONSIDERANDO: Primero. Que la Resolución
Prorrogan funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de Nazca, Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 246-2013-CE-PJ
Lima, 30 de octubre de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 121-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 064-2013-GO-CNDP-CE/PJ, de la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios en mérito al acuerdo adoptado por la referida comisión.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y modificatorias, establece que la finalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional;
así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación.

Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE-PJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ, del 2 de marzo de 2012, y modificada por Resoluciones Administrativas N° 084-2012-CE-PJ, N° 135-2012-CE-PJ, N° 177-2012-CE-PJ y N° 231-2012-CE-PJ, de fechas 8 de mayo, 9
de julio, 17 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, han establecido normas para la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestión de expedientes.

Tercero. Que mediante Resolución Administrativa N° 072-2013-CE-PJ, de fecha 25 de abril de año en curso, se convirtió y reubicó el 1° Juzgado Civil Transitorio de Ica, en Juzgado de Familia Transitorio de Nazca, Distrito Judicial de Ica, hasta el 31 de octubre del año en curso.

Cuarto. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, habiendo evaluado que aún existen expedientes pendientes de resolver en el Juzgado de Familia Transitorio de Nazca, propone su prórroga de funcionamiento. Por lo que, resulta necesario adoptar las acciones necesarias, a fin de lograr una efectiva descarga procesal en el referido Distrito Judicial.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 761-2013 de la cuadragésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de Nazca, Corte Superior de Justicia de Ica, hasta el 31 de enero de 2014.

Artículo Segundo.- Disponer que cada fin de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informen directamente al Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fin al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite, pendientes de resolución final; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior y Comisión Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de Ica, Comisión Nacional de Descarga Procesal, así como a los Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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