11/20/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 247-2013-CE-PJ Prorrogan funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz

Prorrogan funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, Distrito Judicial de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 247-2013-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 135-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 066-2013-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, y Oficio N° 186-2013-P-CSJPU/ PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno. CONSIDERANDO: Primero.
Prorrogan funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, Distrito Judicial de Puno
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 247-2013-CE-PJ
Lima, 30 de octubre de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 135-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 066-2013-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, y Oficio N° 186-2013-P-CSJPU/ PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno.

CONSIDERANDO:

Primero. Que por Resolución Administrativa N° 244-2012-CE-PJ, de fecha 5 de noviembre de 2012, el Juzgado de Paz Letrado de Comisaría de Juli, Provincia de Chucuito, y el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ayaviri, Provincia de Melgar, se reubicaron y convirtieron en Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, respectivamente, ambos del Distrito Judicial de Puno, por un periodo de 6 meses.

Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 225-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre del año en curso, se prorrogó, en vía de regularización, el funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, ambos de la Corte Superior de Justicia de Puno, por un periodo de 2 meses, a partir del 1 de setiembre del año en curso.

Tercero. Que, en ese contexto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno somete a consideración de este Órgano de Gobierno propuesta de prorroga de funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales, por un periodo de siete meses, sustentando su petición en razones de continuar la descarga procesal.

Cuarto. Que, al respecto, la Comisión Nacional de Descarga Procesal, luego de evaluar el funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, recomienda su prorroga de funcionamiento, teniendo en consideración que cuentan con un número importante de expedientes por resolver, y que de continuar con el promedio de producción que han venido desarrollado en un periodo de siete meses aproximadamente serían resueltos.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 763-2013 de la cuadragésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno y el Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, Distrito Judicial de Puno, por un período de 7 meses, a partir del 1 de noviembre del presente año.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puno, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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