11/09/2013

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 301-2013-SUNARP/SN Delegan

Delegan representación legal al Secretario General prevista en el ROF de la SUNARP para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la SUNAT RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 301-2013-SUNARP/SN Lima, 7 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe N° 773-2013-SUNARP/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica de la SUNARP, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP es un organismo descentralizado
Delegan representación legal al Secretario General prevista en el ROF de la SUNARP para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la SUNAT
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 301-2013-SUNARP/SN
Lima, 7 de noviembre de 2013
VISTO: El Informe N° 773-2013-SUNARP/OGAJ
elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica de la SUNARP, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP es un organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, dotada de personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídica, técnica, económica, financiera y administrativa;

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de octubre de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos como instrumento técnico que formaliza la nueva estructura orgánica de la entidad, conteniendo las funciones generales de ésta y las específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas;

Que, el literal f) del artículo 9° del citado Reglamento establece como facultad del Superintendente Nacional ejercer la representación legal en todos aquellos actos y contratos que ella realice, celebre o intervenga, sea en el país o en el extranjero, y suscribir los respectivos contratos y convenios;

Que, en tal contexto, cabe mencionar que la entidad, en su calidad persona jurídica de derecho público, se encuentra obligada a ejecutar y cumplir distintos actos y procedimientos administrativos de naturaleza tributaria ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT;

Que, en tal contexto, resulta conveniente delegar la representación legal prevista en el literal f) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones en el Secretario General de la SUNARP para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT;

Que, el literal v) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP dispone que el Superintendente Nacional tiene la facultad de delegar aquellas funciones que no sean inherentes a su cargo en el Superintendente Adjunto u otros funcionarios;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso x) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Delegar en el Secretario General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la facultad de representación legal prevista en el literal f) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT.

Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial El Peruano.

MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

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