11/29/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 509-2013-ANA Aprueban "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido

Aprueban "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC, en el marco del proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal" RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 509-2013-ANA Lima, 28 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe Técnico N° 009-2013-ANA-DGCRH/CVJC de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; CONSIDERANDO Que, con el Decreto Legislativo N° 1105 se dictaron disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña
Aprueban "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC, en el marco del proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 509-2013-ANA
Lima, 28 de noviembre de 2013
VISTO:

El Informe Técnico N° 009-2013-ANA-DGCRH/CVJC
de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos;

CONSIDERANDO
Que, con el Decreto Legislativo N° 1105 se dictaron disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal en zonas no prohibidas, y se estableció a la "Autorización de Uso de Agua" y a la aprobación del "Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo" (IGAC) como pasos para la obtención de la autorización para inicio o reinicio de actividades de exploración, explotación y/o beneficio de minerales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM
modificado con el Decreto Supremo N° 001-2013-MINAM
y complementado con el Decreto Supremo N° 012-2013-MINAM, se emitieron disposiciones complementarias para regular el contenido del IGAC y para facilitar el desarrollo de la etapa de elaboración de éste;

Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 121-2013-MINAM se aprobó la Guía para la Evaluación del citado instrumento de gestión ambiental, con el objeto orientar a los niveles e instancias competentes en la revisión y evaluación del IGAC;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 481-2013-ANA se reguló el procedimiento de emisión de la opinión técnica favorable de la Autoridad Nacional del Agua para la aprobación de los IGAC;

Que, según el informe del visto de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos resulta necesario contar con criterios técnicos uniformes para la evaluación del contenido hídrico del IGAC, que permita brindar mayor claridad sobre los aspectos materia de revisión por esta Autoridad y que sirvan de referente a los sujetos de formalización minera para la elaboración de los IGAC, por lo que propone se apruebe el anexo denominado "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC";

Que, en consecuencia, corresponde aprobar la propuesta efectuada por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y expedir el acto administrativo correspondiente; y, Estando a lo opinado por la citada dirección de línea, con los vistos de la Secretaría General y de la Oficina Asesoría Jurídica y en uso de la facultad conferida a este Despacho por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación de los criterios técnicos para la evaluación del contenido hídrico de los IGAC
Aprobar el Anexo denominado "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC, en el marco del proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal", que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publicación de los criterios y requisitos técnicos para la evaluación del contenido hídrico de los IGAC
Disponer la publicación, en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, del Anexo denominado "Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC, en el marco del proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal".

Artículo 3°.- Procedimientos en trámite Los criterios técnicos aprobados por la presente resolución se podrán aplicar a los procedimientos de emisión de opinión técnica favorable de la Autoridad Nacional del Agua para la aprobación de los IGAC, que se encuentren en trámite.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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