11/29/2013

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 508-2013-ANA Adecuan los "Términos de Referencia Comunes del Contenido

Adecuan los "Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales" aprobados mediante R.J. N° 250-2013-ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 508-2013-ANA Lima, 28 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe Técnico N° 008-2013-ANA-DGCRH/CVJC de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, complementado con el Decreto Supremo N° 060-2013-PCM se dictaron disposiciones especiales con la finalidad
Adecuan los "Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales" aprobados mediante R.J. N° 250-2013-ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 508-2013-ANA
Lima, 28 de noviembre de 2013
VISTO:

El Informe Técnico N° 008-2013-ANA-DGCRH/CVJC
de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, complementado con el Decreto Supremo N° 060-2013-PCM se dictaron disposiciones especiales con la finalidad de reducir los plazos de los procedimientos que deben cumplir los proyectos de inversión a efectos de ejecutarlos con mayor celeridad y con menores costos;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 054-2013-PCM, estableció que la Autoridad Nacional del Agua debe aprobar los términos de referencia comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales;

Que, en tal virtud, con Resolución Jefatural N° 250-2013-ANA se aprobaron los Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales;

Que, a través del Oficio N° 2281-2013-MEM/AAM
la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas solicitó que se evalúe la adecuación de los precitados términos de referencia al contenido del Anexo IV del Reglamento de la Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM;

Que, asimismo, según el informe del visto de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, resulta necesario brindar a los administrados mayor claridad sobre el contenido hídrico de los estudios de impacto ambiental, precisar los aspectos materia de revisión por esta Autoridad y contar con un instrumento que sirva de único referente para la elaboración de los términos de referencia comunes que corresponda aprobar a las entidades públicas;

Que, por tales razones, la citada dirección propone la adecuación de la Resolución Jefatural N° 250-2013-ANA, a fin que los Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales se ajusten a lo señalado en los considerandos precedentes, de tal manera que se genere predictibilidad sobre la opinión que corresponde emitir a la Autoridad Nacional de Agua a los estudios ambientales, en cumplimiento al artículo 81 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar la propuesta efectuada por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y expedir el acto administrativo correspondiente; y, Estando a lo opinado por la citada dirección de línea, con los vistos de la Secretaría General y de la Oficina Asesoría Jurídica y en uso de la facultad conferida a este Despacho por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Adecuación de los Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales Adecuar los "Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales" aprobados con la Resolución Jefatural N° 250-2013-ANA, los mismos que en adelante quedan establecidos en el "Anexo Único" que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publicación de Términos de Referencia adecuados Publicar en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua el "Anexo Único" que contiene los Términos de Referencia Comunes del Contenido Hídrico para la Elaboración de los Estudios Ambientales, que regirán a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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