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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0451-2013-MINAGRI Aprueban redimensionamiento efectuado en la Zona 8 del
11/20/2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0451-2013-MINAGRI Aprueban redimensionamiento efectuado en la Zona 8 del
Aprueban redimensionamiento efectuado en la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0451-2013-MINAGRI Lima, 15 de noviembre de 2013 VISTO: El Memorándum N° 2354-2013-MINAGRI-DGFFS (DPFFS), de fecha 05 de setiembre de 2013, expedido por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del cual recomienda redimensionar la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0451-2013-MINAGRI
Lima, 15 de noviembre de 2013
VISTO:
El Memorándum N° 2354-2013-MINAGRI-DGFFS (DPFFS), de fecha 05 de setiembre de 2013, expedido por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del cual recomienda redimensionar la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1349-2001-AG, de fecha 27 de diciembre de 2001, se aprobó la creación del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto - BPP Loreto, comprendido dentro del Patrimonio Forestal del citado departamento, exceptuándose del ámbito geográfico del mismo, las superficies de las áreas naturales protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las áreas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por la autoridad competente;
Que, el artículo 2 de la Resolución indicada en el considerando precedente, aprobó una superficie de 14
782 302 ha para el citado BPP, apreciándose, entre otros, que la Zona 8, tiene un área de 2 008 317 ha;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0586-2004-AG, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 0670-2005-AG y 0434-2006-AG, se resolvió, entre otros, facultar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que realice el redimensionamiento de los Bosques de Producción Permanente a nivel nacional, como consecuencia de la actualización, por las entidades correspondientes, de la base cartográfica de las comunidades nativas y campesinas, áreas naturales protegidas, otros derechos de terceros debidamente acreditados; asimismo sobre aquellas áreas cuyo sustento técnico determine que no corresponden a bosques naturales primarios con características bióticas y abióticas, aptas para el aprovechamiento preferentemente de madera y de otros recursos forestales y de fauna silvestre, e igualmente de aquellas superficies que mediante estudios ambientales, económicos y sociales se determine que no deben continuar como Bosque de Producción Permanente;
Que, por Resolución Jefatural N° 218-2005-INRENA, se redimensionó la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente en el departamento de Loreto, a una superficie de 1 998 351 hectáreas, debido a que se encontraba superpuesta con la solicitud con fines de conservación presentada por la Sociedad para la Conservación de la Vida Silvestre - WCS;
Que, por Decreto Supremo N° 030-2008-AG, se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Recursos Naturales en el Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente absorbente;
Que, mediante Carta presentada el 31 de enero de 2013, el señor Leandro Mío More, apoderado de Carmen Vizcarra Angulo, heredera del causante Raúl Vizcarra Torres, del predio rústico denominado Parcela N° 01, ubicado en el sector Río Manatí-Quebrada Páparo, U.C.
N° 30561, del distrito de Indiana, provincia de Maynas, departamento de Loreto e inscrita en la Partida N° 04000893 de la Oficina Registral Iquitos de la SUNARP, solicita el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente de Loreto, puesto que el citado predio se encontraría superpuesto por otras coberturas temáticas;
Que, por Resolución Jefatural N° 086-2011-IGN-OAJ-DGC, el Instituto Geográfico Nacional, resuelve, entre otros, "Dar por concluido el período de conversión progresivo establecido en el artículo sexto de la Resolución Jefatural N° 079-2006-IGN/OAJ/DGC, finiquitando por tanto, la vigencia y uso del sistema local geodésico Provisional Sudamericano 1956 - PSAD56";
asimismo, modifica el artículo segundo de la Resolución Jefatural N° 079-2006-IGN/OAJ/DGC, el cual señala, entre otros, que "(…) Para efectos prácticos como elipsoide puede ser utilizado además el World Geodetic System 1984 (WGS84)";
Que, el Informe N° 102-2013-AG-DGFFS-DICFFS, de fecha 24 de junio de 2013, expedido por el Especialista en Sistema de Información Geográfica - SIG, de la Dirección de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre - DICFFS, de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre - DGFFS, del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, refiere que la DICFFS utiliza para la elaboración de sus mapas el Sistema de Coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), que es un sistema de coordenadas basado en la proyección cilíndrica traversa de Mercator, cuyas magnitudes se expresan en metros en un sistema de coordenadas cartesiano;
Que, asimismo, el citado Informe señala que el Perú está situado en las zonas UTM 17, 18 y 19 del Hemisferio Sur, cuyos meridianos centrales son 81°, 75° y 69° oeste, respectivamente, y del análisis efectuado, determina que "Cuando se creó el Bosque de Producción Permanente (BPP) de Loreto, se tomó como referencia a la zona UTM 18 para el cálculo de área a pesar de que las Zonas 7 y 8 del BPP se situaban mayormente en la zona UTM 19. Esto ha provocado una mayor deformación de área del polígono de ambas Zonas del BPP manifestándose en un aparente aumento en sus áreas", por lo que en su análisis indica que se ha sincerado el cálculo de la Zona 8 tomando como referencia la Zona UTM 19;
Que, el Informe N° 127-2013-AG-DGFFS-DICFFS, de fecha 13 de agosto de 2013, señala que "De acuerdo al análisis se identificó que el área del predio de la señora Carmen Vizcarra Angulo se superpone 100%, que corresponde a 30 hectáreas, con la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto, (…)", por lo que considera se excluya la citada área de la Zona 8 del BPP; asimismo, indica que "(…) se ha identificado que la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto presenta pequeños tramos irregulares y aislados que dificultan su correcta delimitación y descripción, y que puede generar errores en el cálculo de su superficie. En ese sentido, la propuesta de redimensionamiento excluye también dichas áreas que suman una superficie de 218.87
hectáreas (…)";
Que, el citado Informe refiere que el redimensionamiento de la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto, tendría las siguientes áreas:
Zona 8 BPP Loreto Área (ha) del predio de la Sra. Carmen Vizcarra Angulo (2)
Área (ha)
de tramos irregulares y aislados (3)
Área (ha) final resultante de la Zona 8
del BPP de Loreto (1)-(2)-(3)
Área (ha) final resultante de la Zona 8 del BPP de Loreto, calculada en la Zona 19 Sur Superficie (ha)
Oficial R.J. N° 218-2005-INRENA
Superficie (ha) SIG * (1)
1998351 1998351.81 30 218.87
1998102.94 1996941.42
* SIG: Sistema de Información Geográfica Que, asimismo, el acotado Informe N° 127-2013-AG-DGFFS-DICFFS concluye, entre otros, que "La propuesta de redimensionamiento de la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto da como resultado final una superficie de 1 996 941.42
hectáreas, calculada en la Zona 19 Sur, debido a que el área final resultante se encuentra mayoritariamente en dicha zona UTM";
Que, el Informe N° 0164-2013-AG-DGFFS-DPFFS, de fecha 21 de agosto de 2013, expedido por la Dirección de Promoción Forestal de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego, concluye que "4.1 Se ha acreditado que el predio con un área de 30.00 ha, cuya propietaria es la señora Carmen Vizcarra Angulo, se encuentra dentro de la zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto, debiendo procederse a su exclusión, (…). 4.2 De acuerdo al análisis se debe excluir de la zona 8 del BPP
los tramos irregulares y aislados que dificultan su correcta delimitación y descripción, que pueden generar errores en el cálculo de su superficie (…)", emitiendo opinión favorable respecto de la solicitud del señor Leandro Mío More, en su calidad de apoderado de Carmen Vizcarra Angulo, y de la exclusión de los tramos irregulares y aislados advertidos en el Informe N° 127-2013-AG-DGFFS-DICFFS, adjuntando, además, un mapa de ubicación y una memoria descriptiva, ambos de la Zona 8 del BPP de Loreto, en donde se consigna la nueva área propuesta;
Que, en consecuencia, atendiendo la propuesta formulada por la citada Dirección, resulta procedente redimensionar la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, teniendo una superficie final de 1 996 941.42 hectáreas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado, entre otros, en lo referente a su denominación con la Ley N° 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG, la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el redimensionamiento efectuado en la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto de una superficie de 1 998 351.00
hectáreas a un área de 1 996 941.42 hectáreas, según mapa de ubicación y memoria descriptiva de la Zona 8 del BPP de Loreto, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y conforme se muestra en el siguiente cuadro:
Zona 8 BPP Loreto Área (ha) del predio de la Sra. Carmen Vizcarra Angulo (2)
Área (ha)
de tramos irregulares y aislados (3)
Área (ha) final resultante de la Zona 8
del BPP de Loreto (1)-(2)-(3)
Área (ha) final resultante de la Zona 8 del BPP
de Loreto, calculada en la Zona 19 Sur Superficie (ha)
Oficial R.J. N° 218-2005-INRENA
Superficie (ha)
SIG * (1)
1998351 1998351.81 30 218.87 1998102.94 1996941.42
* SIG: Sistema de Información Geográfica Artículo 2.- Encargar a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego, regularizar la inscripción de las nuevas áreas ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, incluyendo la información que consta en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Gobierno Regional del departamento de Loreto, a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Oficina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, y a Leandro Mío More apoderado de Carmen Vizcarra Angulo, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura y Riego
ANEXO
MEMORIA DESCRIPTIVA
DE LOS BOSQUES DE PRODUCCION
PERMANENTE
ZONA 8
DEPARTAMENTO LORETO
I. UBICACIÓN POLÍTICA
Departamento: Loreto Zona 8
Provincia : Maynas, Mariscal Ramón Castilla Distrito : Indiana, Las Amazonas, Pebas, Yavarí, San Pablo, Ramón Castilla
II. SUPERFICIE OFICIAL
Zona 8 1 996 941.42 ha
III. LIMITES
Zona 8:
Partiendo del PP, ubicado en la intersección de la margen derecha del río Maniti con la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 77136.95634 E y 9614634.91783 N, se sigue aguas abajo, por la misma margen hasta llegar al PR2.
Del PR1, ubicado en la margen derecha del río Amazonas, con coordenadas UTM 141373.19020 E y 9603977.76136 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR2.
Del PR2, ubicado en las coordenadas UTM
140488.65294 E y 9603549.60732 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR3.
Del PR3, ubicado en las coordenadas UTM
143042.02891 E y 9597132.67632 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR4.
Del PR4, ubicado en las coordenadas UTM
148839.54540 E y 9601521.62187 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR5.
Del PR5, ubicado en las coordenadas UTM
149493.22053 E y 9600709.67462 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR6.
Del PR6, ubicado en las coordenadas UTM146717.17245 E y 9598131.46921 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR7.
Del PR7, ubicado en las coordenadas UTM
149520.20663 E y 9594447.94127 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR8.
Del PR8, ubicado en las coordenadas UTM
155113.84349 E y 9598802.32474 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR9.
Del PR9, ubicado en las coordenadas UTM
152010.93415 E y 9602686.79378 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR10.
Del PR10, ubicado en las coordenadas UTM
154911.28537 E y 9604965.31188 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR11.
Del PR11, ubicado en las coordenadas UTM
152457.80987 E y 9609033.34672 N, se prosigue en línea curva con dirección suroeste, hasta llegar al PR12.
Del PR12, ubicado en la margen derecha del río Orosa con coordenadas UTM 151703.97351 E y 9608512.64019
N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR13.
Del PR13, ubicado en la margen derecha del río Orosa con coordenadas UTM 153319.57135 E y 9609494.18595
N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR14.
Del PR14, ubicado en las coordenadas UTM158812.00100 E y 9600876.13959 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR15.
Del PR15, ubicado en las coordenadas UTM164236.12364 E y 9604546.11956 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR16.
Del PR16, ubicado en la margen derecha del río Orosa con coordenadas UTM 158311.99936 E y 9612681.87161
N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR17.
Del PR17, ubicado en la intersección de la margen derecha del río Orosa con la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 161115.47791 E y 9614280.48565N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR18.
Del PR18, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 194946.77648 E y 9590936.99550 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR19.
Del PR19, ubicado en las coordenadas UTM186385.21033 E y 9586075.41170 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR20.
Del PR20, ubicado en las coordenadas UTM
189444.09439 E y 9582272.66968 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR21.
Del PR21, ubicado en las coordenadas UTM
197478.89999 E y 9588644.05811 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR22.
Del PR22, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 197347.32926 E y 9588749.40447 N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR23.
Del PR23, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 200145.35733 E
y 9587158.93541 N, se prosigue en línea curva con dirección noroeste, hasta llegar al PR24.
Del PR24, ubicado en las coordenadas UTM
199166.96606 E y 9587446.14969 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR25.
Del PR25, ubicado en las coordenadas UTM
198124.88098 E y 9582442.51711 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR26.
Del PR26, ubicado en las coordenadas UTM
195978.97354 E y 9582776.55357 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR27.
Del PR27, ubicado en las coordenadas UTM
194459.44902 E y 9578692.84410 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR28.
Del PR28, ubicado en las coordenadas UTM
199689.57567 E y 9577028.12835 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR29.
Del PR29, ubicado en las coordenadas UTM
201054.73974 E y 9581158.43559 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al
PR30.
Del PR30, ubicado en las coordenadas UTM
199129.84047 E y 9581904.72784 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR31.
Del PR31, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 200436.73947 E y 9587024.90389 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR32.
Del PR32, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 228585.92458 E y 9570242.53228 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR33.
Del PR33, ubicado en las coordenadas UTM228560.95080 E y 9568189.84893 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al
PR34.
Del PR34, ubicado en las coordenadas UTM
227968.96140 E y 9567623.17816 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR35.
Del PR35, ubicado en las coordenadas UTM
228092.11350 E y 9537193.97249 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR36.
Del PR36, ubicado en las coordenadas UTM
231185.85167 E y 9537164.68433 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR37.
Del PR37, ubicado en las coordenadas UTM
231018.27500 E y 9567586.02601 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al
PR38.
Del PR38, ubicado en las coordenadas UTM
230409.32890 E y 9568400.83554 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al
PR39.
Del PR39, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 230354.85339 E y 9570133.81538 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR40.
Del PR40, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 309399.62850 E y 9567054.66460 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR41.
Del PR41, ubicado en las coordenadas UTM
309149.16583 E y 9562495.33654 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR42.
Del PR42, ubicado en las coordenadas UTM
313100.61459 E y 9565684.37291 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR43.
Del PR43, ubicado en las coordenadas UTM
314217.57604 E y 9558442.85897 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR44.
Del PR44, ubicado en las coordenadas UTM
319426.43362 E y 9558536.76078 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR45.
Del PR45, ubicado en las coordenadas UTM
318035.03745 E y 9568524.88241 N, se prosigue en línea curva con dirección suroeste, hasta llegar al PR46.
Del PR46, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 312816.78185 E y 9568062.98341 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR47.
Del PR47, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 331159.44244 E y 9570461.42654 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR48.
Del PR48, ubicado en las coordenadas UTM
331089.89694 E y 9569154.61037 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR49.
Del PR49, ubicado en las coordenadas UTM
333389.48175 E y 9568726.21454 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR50.
Del PR50, ubicado en las coordenadas UTM
334237.36582 E y 9570273.03984 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR51.
Del PR51, ubicado en las coordenadas UTM
334237.23960 E y 9570273.04185 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR52.
Del PR52, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 334237.19206 E y 9570279.72929 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR53.
Del PR53, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 338819.24530 E
y 9569038.24463 N, se prosigue en línea curva con dirección suroeste, hasta llegar al PR54.
Del PR54, ubicado en las coordenadas UTM
334818.10930 E y 9568903.94698 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR55.
Del PR55, ubicado en las coordenadas UTM
334561.39535 E y 9567923.80335 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR56.
Del PR56, ubicado en las coordenadas UTM
338366.55504 E y 9567020.61834 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR57.
Del PR57, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 339316.67707 E y 9568637.74260 N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR58.
Del PR58, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 368776.80864 E y 9563598.33638 N, se prosigue por la margen derecha de un canal entrelazado del mismo río, hasta llegar al PR59.
Del PR59, ubicado en la margen derecha de un canal entrelazado del río Amazonas con coordenadas UTM
366370.95878 E y 9564219.05140 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR60.
Del PR60, ubicado en las coordenadas UTM
362831.25292 E y 9558290.49162 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR61.
Del PR61, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 368655.04504 E y 9558285.25365 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR62.
Del PR62, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 369928.13156 E y 9552924.70827 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR63.
Del PR63, ubicado en las coordenadas UTM
369697.76074 E y 9552707.42507 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR64.
Del PR64, ubicado en las coordenadas UTM
369389.93751 E y 9551745.33325 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR65.
Del PR65, ubicado en las coordenadas UTM
371671.70939 E y 9548380.61678 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR66.
Del PR66, ubicado en las coordenadas UTM
371492.92054 E y 9546669.01710 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR67.
Del PR67, ubicado en las coordenadas UTM
370031.64457 E y 9544437.44675 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR68.
Del PR68, ubicado en las coordenadas UTM
371328.36982 E y 9544033.60980 N, se prosigue en línea curva con dirección suroeste, hasta llegar al PR69.
Del PR69, ubicado en las coordenadas UTM
367274.09038 E y 9539872.57408 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR70.
Del PR70, ubicado en las coordenadas UTM
376153.79582 E y 9539626.26865 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR71.
Del PR71, ubicado en las coordenadas UTM
376480.78858 E y 9540265.57271 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR72.
Del PR72, ubicado en las coordenadas UTM
382718.57189 E y 9540113.74355 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR73.
Del PR73, ubicado en las coordenadas UTM
382886.90788 E y 9544826.33731 N, se prosigue en línea curva con dirección oeste, hasta llegar al PR74.
Del PR74, ubicado en las coordenadas UTM
374688.06404 E y 9545499.05821 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR75.
Del PR75, ubicado en las coordenadas UTM
376674.08462 E y 9546716.86087 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR76.
Del PR76, ubicado en las coordenadas UTM
376123.69942 E y 9548483.86648 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al
PR77.
Del PR77, ubicado en las coordenadas UTM
379272.67211 E y 9547986.00481 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR78.
Del PR78, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 379181.50721 E y 9549990.49695 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR79.
Del PR79, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 387744.74781 E y 9535678.30539 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR80.
Del PR80, ubicado en las coordenadas UTM
386826.04418 E y 9535617.34004 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR81.
Del PR81, ubicado en las coordenadas UTM
387141.20078 E y 9534252.69900 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR82.
Del PR82, ubicado en la margen derecha del río Amazonas con coordenadas UTM 389067.62127 E y 9534410.41977 N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PR83.
Del PR83, ubicado en la intersección de la margen derecha del río Amazonas con la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 389424.34054 E y 9516612.49369 N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR84.
Del PR84, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 320798.44249 E y 9536955.67992
N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR85.
Del PR85, ubicado en las coordenadas UTM
323503.43827 E y 9541706.69151 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR86.
Del PR86, ubicado en las coordenadas UTM
323724.53402 E y 9549799.63241 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR87.
Del PR87, ubicado en las coordenadas UTM
318963.36700 E y 9549774.15170 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR88.
Del PR88, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 319045.58070 E y 9544214.58363
N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR89.
Del PR89, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 311239.93962 E y 9537561.61134
N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR90.
Del PR90, ubicado en las coordenadas UTM
310913.45401 E y 9541049.57113 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR91.
Del PR91, ubicado en las coordenadas UTM
311085.38702 E y 9541547.70732 N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR92.
Del PR92, ubicado en las coordenadas UTM
301161.48531 E y 9543203.67449 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR93.
Del PR93, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 302878.52734 E y 9539221.53854
N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR94.
Del PR94, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 293165.05293 E y 9530178.08164
N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR95.
Del PR95, ubicado en las coordenadas UTM
284585.37049 E y 9532378.93146 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR96.
Del PR96, ubicado en las coordenadas UTM
284126.09349 E y 9528237.26094 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR97.
Del PR97, ubicado en las coordenadas UTM
288977.34011 E y 9527000.62476 N, se prosigue en línea curva con dirección sureste, hasta llegar al
PR98.
Del PR98, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 292912.43394 E y 9526406.15162
N, se prosigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR99.
Del PR99, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 206066.81945 E y 9505141.12519
N, se prosigue en línea recta con dirección noroeste, hasta llegar al PR100.
Del PR100, ubicado en las coordenadas UTM
206034.00984 E y 9510026.80828 N, se prosigue en línea recta con dirección suroeste, hasta llegar al PR101.
Del PR101, ubicado en las coordenadas UTM
191964.74137 E y 9509975.35428 N, se prosigue en línea recta con dirección sureste, hasta llegar al PR102.
Del PR102, ubicado en la margen izquierda del río Yavarí con coordenadas UTM 192014.95991 E y 9504072.53303 N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR103.
Del PR103, ubicado en la intersección de la margen izquierda del río Yavarí con la margen izquierda del río Yavarí Mirín con coordenadas UTM 190435.32842 E y 9503977.25909 N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR104.
Del PR104, ubicado en la intersección de la margen izquierda del río Yavarí Mirín con la margen izquierda de la quebrada s/n con coordenadas UTM 98072.15869 E
y 9492487.65554 N, se sigue aguas arriba por la misma margen, hasta llegar al PR105.
Del PR105, ubicado en la margen izquierda de la quebrada s/n con coordenadas UTM 86988.51849 E y 9508548.21420 N, se prosigue en línea recta con dirección noreste, hasta llegar al PR106.
Del PR106, ubicado en la margen derecha del río Manití con coordenadas UTM 89361.37616 E y 9516551.92197
N, se sigue aguas abajo por la misma margen, hasta llegar al PP , cerrando el polígono de la Zona 8 del Bosque de Producción Permanente de Loreto.
Se excluye la superficie de derechos de terceros asentadas al interior de la Zona 5 del BPP de Loreto, no descritas en los párrafos anteriores, las mismas que se describen a continuación:
Exclusión Vértices Coordenada UTM Referencia Exclusión 1
V1 69849.14074 9605569.98326 V1-V2: Línea recta V2 69856.97779 9604368.09158 V2-V3: Línea recta V3 69606.58320 9604366.45638 V3-V4: Línea recta V4 69598.74610 9605568.35301 V4-V1: Línea recta Exclusión 2
V5 85186.95403 9610360.23025 V5-V6: Línea curva V6 84172.68719 9609175.07969 V6-V7: Línea recta V7 86033.44553 9608898.69566 V7-V8: Línea recta V8 86297.45501 9602195.37798 V8-V9: Línea recta V9 75759.28008 9603467.20807 V9-V10: Línea recta V10 76561.08575 9611675.80712 V10-V5: Línea recta Exclusión 3
V11 93764.15685 9614724.66329 V11-V12: Línea recta V12 98931.31866 9614438.16627 V12-V13: Línea recta V13 98750.86089 9605787.15792 V13-V14: Línea recta V14 95612.92095 9605743.70762 V14-V15: Línea recta V15 95904.47679 9610421.15534 V15-V16: Línea curva V16 94213.29631 9609977.75269 V16-V17: Línea recta V17 94062.11016 9605523.35751 V17-V18: Línea recta V18 91229.46777 9605350.71494 V18-V19: Línea recta V19 91061.41981 9611462.36332 V19-V20: Línea recta V20 91896.95396 9612530.05324 V20-V21: Línea recta V21 91806.45815 9612648.62375 V21-V11: Línea curva Exclusión 4
V22 112869.14575 9601122.71683 V22-V23: Línea recta V23 112662.25425 9596563.19528 V23-V24: Línea recta V24 104716.38549 9596765.53253 V24-V25: Línea recta V25 104711.13036 9602520.50157 V25-V26: Línea curva V26 105701.21285 9604135.64996 V26-V22: Río Yanashi Exclusión 5
V27 123883.35062 9604851.90836 V27-V28: Línea recta V28 127971.71626 9601449.32195 V28-V29: Línea recta V29 128481.38929 9598566.79566 V29-V30: Línea recta V30 120053.75619 9597971.50295 V30-V31: Línea recta V31 119735.31720 9602520.01001 V31-V27: Línea curva Exclusión 6
V32 129458.23007 9600653.59300 V32-V33: Línea recta V33 140074.44465 9601399.90750 V33-V34: Línea recta V34 139350.89460 9595622.41583 V34-V35: Línea recta V35 129807.34161 9594823.21983 V35-V36: Línea recta V36 128130.71677 9597004.44506 V36-V32: Línea recta Exclusión 7
V37 175713.39364 9621282.93054 V37-V38: Línea recta V38 178759.69586 9613772.34625 V38-V39: Línea recta V39 172636.64596 9611676.43889 V39-V40: Línea recta V40 170340.49862 9617641.46526 V40-V37: Línea curva Exclusión 8
V41 191840.79891 9596919.48083 V41-V42: Línea recta V42 192910.99729 9595645.13330 V42-V43: Línea recta V43 189609.00179 9591496.54096 V43-V44: Línea recta V44 185373.23370 9594330.13841 V44-V45: Línea recta V45 188018.67694 9598235.58561 V45-V46: Línea recta V46 190910.44698 9596313.51169 V46-V41: Línea recta Exclusión Vértices Coordenada UTM Referencia Exclusión 9
V47 202948.06318 9580742.78277 V47-V48: Línea recta V48 207519.76827 9577688.45068 V48-V49: Línea recta V49 204736.28696 9573169.73657 V49-V50: Línea recta V50 200162.38048 9576350.79065 V50-V47: Línea recta Exclusión 10
V51 249247.04814 9566443.97552 V51-V52: Línea recta V52 249415.42916 9559679.23043 V52-V53: Línea recta V53 241295.14813 9557355.85547 V53-V54: Línea recta V54 241252.09884 9565421.84369 V54-V51: Línea recta Exclusión 11
V55 272499.10000 9556137.58409 V55-V56: Línea recta V56 274843.09400 9548332.51507 V56-V57: Línea recta V57 269796.36407 9547605.98275 V57-V58: Línea recta V58 269213.34361 9555542.42335 V58-V55: Línea curva Exclusión 12
V59 342805.78037 9565702.31188 V59-V60: Línea curva V60 338824.23969 9566424.58542 V60-V59: Línea recta Exclusión 13
V61 342601.25994 9564418.53446 V61-V62: Línea recta V62 343437.49651 9563430.43727 V62-V63: Línea recta V63 335644.35294 9560737.42922 V63-V64: Línea recta V64 332259.41451 9564598.30959 V64-V65: Línea recta V65 336943.69806 9566189.71184 V65-V61: Línea curva Exclusión 14
V66 355276.00077 9570099.60903 V66-V67: Línea recta V67 358226.06068 9564479.30343 V67-V68: Línea recta V68 353930.24823 9562222.16791 V68-V69: Línea recta V69 350879.07134 9567817.11987 V69-V66: Línea curva Exclusión 15
V70 367839.08597 9556673.54987 V70-V71: Línea recta V71 367732.28735 9550957.58846 V71-V72: Línea recta V72 361267.81544 9550878.64316 V72-V73: Línea curva V73 361294.95484 9556423.17706 V73-V70: Línea recta Exclusión 16
V74 363766.79252 9549641.26964 V74-V75: Línea curva V75 367789.16793 9545209.93981 V75-V76: Línea recta V76 363796.26734 9545339.37109 V76-V77: Línea recta V77 362202.35200 9547435.63138 V77-V74: Línea recta Exclusión 17
V78 381496.44079 9536325.73348 V78-V79: Línea recta V79 388307.43035 9532871.73585 V79-V80: Línea recta V80 388943.68256 9531400.03090 V80-V81: Línea curva V81 389954.53010 9531010.32595 V81-V82: Línea recta V82 389745.92209 9529120.60337 V82-V83: Línea recta V83 381141.27672 9531631.48017 V83-V78: Línea recta Exclusión 18
V84 372181.11033 9536537.28491 V84-V85: Línea recta V85 373292.28965 9531876.59529 V85-V86: Línea recta V86 364831.44013 9529612.16680 V86-V87: Línea curva V87 367071.36638 9534522.56619 V87-V84: Línea recta Exclusión 19
V88 349366.83771 9552318.61890 V88-V89: Línea recta V89 349236.64229 9546645.59085 V89-V90: Línea recta V90 340340.70341 9546607.77650 V90-V91: Línea curva V91 341192.26463 9552194.24600 V91-V88: Línea recta Exclusión 20
V92 324329.80592 9561012.28168 V92-V93: Línea recta V93 330530.55055 9559781.72571 V93-V94: Línea recta V94 330671.29948 9551984.64838 V94-V95: Línea recta V95 329427.36776 9552169.91209 V95-V96: Línea recta V96 330169.20168 9550498.88498 V96-V97: Línea recta V97 330317.94329 9547123.01586 V97-V98: Línea recta V98 328224.92693 9547024.55402 V98-V99: Línea recta V99 327483.10628 9550401.11571 V99-V100: Línea recta V100 327981.65462 9552385.60546 V100-V101: Línea recta V101 324476.71461 9552909.23687 V101-V92: Línea recta Nota: Las coordenadas UTM, coreesponden a la Zona 19 y al Datum WGS 84
La información cartográfica en formato digital de lo descrito en la presente memoria, obra en los archivos de la DICFFS-DGFFS-MINAGRI.
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