12/15/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 290-2013-CE-PJ

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 290-2013-CE-PJ Lima, 28 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 189-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 076-2013-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el Oficio N° 1424-2013-P-CSJSM/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín. CONSIDERANDO: Primero. Que la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal remite el Informe N° 076-2013-GO-CNDP-CE/PJ, mediante el

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 290-2013-CE-PJ
Lima, 28 de noviembre de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 189-2013-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 076-2013-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el Oficio N° 1424-2013-P-CSJSM/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal remite el Informe N° 076-2013-GO-CNDP-CE/PJ, mediante el cual propone a este Órgano de Gobierno y a solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, ampliación de la competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrados Permanentes de los Distritos de Morales y La Banda de Shilcayo hasta el Distrito de Tarapoto, en apoyo a la descarga procesal de expedientes de los Juzgados de Paz Letrados Permanentes de dicha localidad. Asimismo, la reubicación del Segundo Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca al Distrito de Tarapoto, como 2° Juzgado Mixto.

Segundo. Que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de Tarapoto, Corte Superior de Justicia de San Martín, presentan elevada carga procesal, la cual no ha disminuido aún cuando tienen nivel aceptable de resolución de expedientes, por lo que resulta pertinente que cuente con el apoyo de dependencias judiciales de la misma instancia para que colabore en la labor de descarga procesal; siendo los Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de Morales y La Banda de Shilcayo los más próximos y que cuentan con nivel bajo de ingreso de expedientes. Por lo que resulta factible ampliar su competencia territorial a fin de brindar oportuno servicio de administración de justicia.

Tercero. Que, de otro lado, el 2° Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca, de la misma Corte Superior, presenta bajo nivel de ingresos de expedientes; situación distinta ocurre con el Juzgado Mixto de Tarapoto, que cuenta con promedio alto de ingresos de nuevas causas, ascendiendo su carga procesal a 2447 expedientes, por lo que es pertinente que el referido juzgado mixto colabore con la descarga procesal de éste ultimo órgano jurisdiccional.

Cuarto. Que, este Órgano de Gobierno tiene entre sus atribuciones adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia, de conformidad con el artículo 82°, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 846-2013 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar, a partir de 1 de enero de 2014, la competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrados Permanentes de los Distritos de Morales y La Banda de Shilcayo, Provincia de San Martín, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, para que con fines únicamente de descarga procesal, comprenda además la competencia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tarapoto, de la misma provincia y Corte Superior.

Artículo Segundo.- Reubicar y convertir, a partir del 1 de enero de 2014, el 2° Juzgado Mixto del Distrito de Nueva Cajamarca, Provincia de Rioja, al Distrito de Tarapoto, Provincia de San Martín, como 2° Juzgado Mixto de Tarapoto, ambos de la Corte Superior de Justicia de San Martín.

A partir de la mencionada fecha, el Juzgado Mixto de Tarapoto se denominará 1° Juzgado Mixto de Tarapoto, y el 1° Juzgado Mixto del Distrito de Rioja, Provincia del mismo nombre, se denominará Juzgado Mixto de Rioja con sus mismas competencias territoriales, el cual incluye al Distrito de Nueva Cajamarca de la referida provincia Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín para que adopte las medidas administrativas correspondientes, a fin de efectuar proporcional redistribución de la carga procesal que el 1° Juzgado Mixto de Tarapoto remita al 2° Juzgado Mixto del referido distrito.

Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de enero de 2014, que la carga procesal de procesos en trámite y de ejecución que deje el 2° Juzgado Mixto de Nueva Cajamarca, sea asignada al Juzgado Mixto de Rioja para la continuación del trámite correspondiente.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de San Martín; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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