1/29/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 012-14-IPEN/PRES Delegan en el Director Ejecutivo del IPEN la facultad

Delegan en el Director Ejecutivo del IPEN la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente ejercicio fiscal 2014 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 012-14-IPEN/PRES Lima, 23 de enero de 2014 VISTO: El Memorándum N° 024-14-PLPR sobre delegación de facultad para aprobar modificaciones presupuestales; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
Delegan en el Director Ejecutivo del IPEN la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente ejercicio fiscal 2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 012-14-IPEN/PRES
Lima, 23 de enero de 2014
VISTO: El Memorándum N° 024-14-PLPR sobre delegación de facultad para aprobar modificaciones presupuestales;

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público – Ley N° 28112, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior de la entidad pública, niveles de desconcentración de los procesos administrativos;

Que, el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear –IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM, establece que la Dirección Ejecutiva es el más alto nivel de decisión después de la Presidencia del Instituto, asimismo indica que el Director Ejecutivo, es el funcionario de confianza de más alto nivel, que tiene por funciones de dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades orgánicas y es la más alta autoridad administrativa de la Institución;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que, en materia presupuestal, el responsable es el titular del pliego, sin embargo, puede delegar estas funciones, por lo que, se ha considerado conveniente en el marco de la desconcentración administrativa, delegar en el Director Ejecutivo, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el Ejercicio Fiscal 2014;

Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal;

Que, el numeral 40.2 del citado artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de Ia Oficina de Presupuesto o de Ia que haga sus veces en Ia Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Presidencia N° 025-13-IPEN/ PRES, se delegó en la Dirección Ejecutiva del Instituto Peruano de Energía Nuclear, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad, con efectividad al Ejercicio Fiscal 2013;

De conformidad con lo establecido en los artículos 9
y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM;

Con los vistos del Director Ejecutivo y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar en el Director Ejecutivo del Instituto Peruano de Energía Nuclear, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente ejercicio fiscal 2014.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 025-13-IPEN/PRES.

Artículo Tercero.- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo Cuarto.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de remitir copia de la presente Resolución a las instancias correspondientes.

Artículo Quinto.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"
Regístrese, comuníquese y publíquese
SUSANA PETRICK CASAGRANDE
Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear

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