1/09/2014

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 001-2014/DP Delegan diversas facultades en materia presupuestaria en la

Delegan diversas facultades en materia presupuestaria en la Secretaria General o quien haga sus veces RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 001-2014/DP Lima, 8 de enero de 2014 VISTO: El proveído de la Secretaria General recaído en el Informe N° 001-2014-DP/OPPRE mediante el que se solicita la emisión de la resolución que delegue en la Secretaria General facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161° y 162°
Delegan diversas facultades en materia presupuestaria en la Secretaria General o quien haga sus veces
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 001-2014/DP
Lima, 8 de enero de 2014
VISTO:

El proveído de la Secretaria General recaído en el Informe N° 001-2014-DP/OPPRE mediante el que se solicita la emisión de la resolución que delegue en la Secretaria General facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014;
y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley N° 29882 y mediante la Resolución Defensorial N° 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones;

Que, mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante el TUO de la Ley N° 28411, que establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, asimismo, en la Ley N° 301 14, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se establecen las disposiciones para el proceso presupuestario que deben observar las entidades del Sector Público durante el Año Fiscal 2014;

Que, según el documento de visto, se solicita la emisión de la resolución que delegue en la Secretaria General determinadas facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014;

Que, el numeral 7.1) del artículo 7° del TUO de la Ley N° 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho marco normativo, así como las leyes de presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, así también, el numeral 40.2 del artículo 40° del TUO de la Ley N° 28411, señala que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 7° del precitado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo y en materia presupuestaria;

Que, con el fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2014, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades señaladas en los considerandos precedentes a la Secretaria General;

Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las oficinas de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley N° 29882; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 0012-2011/ DP; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7° y 40° del TUO de la Ley N° 28411; de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial N° 004-2011/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DELEGAR en la Secretaria General o la que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria:
a. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40° del TUO
de la Ley N° 28411.
b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7° del TUO de la Ley N° 28411.

Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO VEGA LUNA
Defensor del Pueblo (e)

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