1/23/2014

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2014-CENFOTUR/DN Delegan diversas facultades en los funcionarios a

Delegan diversas facultades en los funcionarios a cargo de la Secretaría General y de la Oficina de Administración y Finanzas del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2014-CENFOTUR/DN Barranco, 9 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Técnico Especializado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa de
Delegan diversas facultades en los funcionarios a cargo de la Secretaría General y de la Oficina de Administración y Finanzas del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 006-2014-CENFOTUR/DN
Barranco, 9 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR
es un Organismo Público Técnico Especializado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley N° 22155; tiene como finalidad, planificar y ejecutar la política educativa para la formación profesional en su primera y segunda especialización;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411
- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone en el Artículo 7° que, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva responsable en materia presupuestaria; asimismo, faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establece expresamente la misma Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, de acuerdo con el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, concordado con el artículo 5° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento;

Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta conveniente delegar facultades propias de la Dirección Nacional en materia presupuestal y de gestión administrativa, en el funcionario a cargo de la Secretaría General, así como, en el funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas;

Con el visto de la Secretaría General, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del CENFOTUR, la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1017 - Ley De Contrataciones del Estado, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades:

EN MATERIA DE CONTRATACION DEL ESTADO
1.1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, así como, las modificatorias de dicho plan.

1.2. Aprobar las bases administrativas de los procesos de selección correspondientes a Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía que realice la Unidad Ejecutora 180:

Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; así como, de adjudicaciones de menor cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección indicados.

1.3. Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes, que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos que convoque la entidad; así como, disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso.

1.4. Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección de Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía; así como, en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantías, derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados, de conformidad con la normativa de contratación pública.

1.5. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratación pública.

EN MATERIA ADMINISTRATIVA
1.6. Designar comisiones, comités y/o similares al interior de la entidad, así como, disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso.

EN MATERIA PRESUPUESTAL
1.7. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático de la Unidad Ejecutora 180:

Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, previo informe técnico debidamente sustentado de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo.

1.8. Remitir el proyecto de presupuesto de la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República.

Artículo Segundo.- Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades:

EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
2.1. Aprobar los expedientes de contratación, para la realización de los procesos de selección que convoque la entidad.

2.2. Cancelar los procesos de selección convocados, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratación pública.

2.3. Celebrar contratos y adendas derivados de procesos de selección convocados en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública.

2.4. Autorizar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública.

2.5. Resolver contratos relativos a la contratación de bienes y servicios.

EN MATERIA ADMINISTRATIVA
2.6. Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles mediante expedición de resoluciones; así como, aprobar los demás actos administrativos que deriven de los mismos.

2.7. Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del CENFOTUR, así como, aquellos relacionados con la disposición y administración de bienes muebles o inmuebles.

2.8. Representar a la Unidad Ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones del CENFOTUR, entre las que se encuentra:

2.8.1 La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT. Esta delegación se hace extensiva, en su nivel y competencia, al Jefe de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas.

2.8.2 El Servicio de Administración Tributaria- SAT.

2.8.3 El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI.

2.8.4 La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP y sus oficinas de la Zonas Registrales.

2.8.5 El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.

2.8.6 Las municipalidades, y 2.8.7 Telefónica S.A.A
2.9 Expedir Resoluciones otorgando cuentas por encargo y sus modificatorias; así como, la apertura del Fondo Fijo para Caja Chica de Lima y Centros Filiales.

2.10 Autorizar las prórrogas y otorgamiento de facilidades para el pago de pensiones; así como, exoneración de intereses y/o penalidades.

2.11 Expedir Resoluciones sobre reconocimiento de deuda debidamente justificado y documentado.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Secretaría General, así como, de la Oficina de Administración y Finanzas, los alcances de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MADELEINE BURNS VIDAURRAZAGA
Directora Nacional (e)

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