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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014/MINSA Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial
1/11/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014/MINSA Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial
Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013 -2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014/MINSA Lima, 7 de enero del 2014 Visto, el Expediente N° 14-001033-001 que contiene el Oficio N° 001-2014-CMPPNPEA del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional para la Prevención del Embarazo en
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014/MINSA
Lima, 7 de enero del 2014
Visto, el Expediente N° 14-001033-001 que contiene el Oficio N° 001-2014-CMPPNPEA del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;
Que, el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia PNAIA 2012-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, establece como una de las Metas Emblemáticas para el desarrollo de la infancia y la adolescencia en el Perú, reducir la tasa de maternidad adolescente en 20%, estableciendo como Objetivo Estratégico N° 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 años de edad, señalando como Resultado Esperado N° 9: "Las y los adolescentes postergan su maternidad y paternidad hasta alcanzar la edad adulta";
Que, el embarazo en adolescentes es un problema de salud pública en la Subregión Andina, y que además de poner en riesgo la salud, significa un gran obstáculo en la posibilidad de construir un proyecto de vida por parte de los y las adolescentes;
Que, las y los adolescentes que enfrentan un embarazo no planificado afrontan un número importante de dificultades en la dimensión individual, familiar y social como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad de concluir sus estudios escolares (que limita sus planes de vida y el acceso a oportunidades de desarrollo), el incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente embarazada y del recién nacido, la limitada capacidad de la adolescente madre para cuidar y criar a su niño/a. Asimismo, el inicio temprano de las relaciones sexuales sin protección a su vez coloca a los y las adolescentes en riesgo de adquirir infecciones de transmisión sexual incluyendo el VIH/SIDA;
Que, en este contexto, el Gobierno Peruano asumió el compromiso de abordar el problema en la Reunión Ordinaria de Ministras y Ministros de Salud del Área Andina en el mes de marzo de 2007, quienes emitieron la Resolución REMSAA XXVII/437, en la que se resolvió "reconocer las consecuencias del embarazo no planificado en adolescentes como un problema de salud pública dentro de la Subregión y declarar prioritarios los planes para su prevención y atención integral";
Que, los diferentes sectores del Estado bajo la conducción del Ministerio de Salud, en un trabajo concertado y articulado, en concordancia con el marco de las competencias y responsabilidades que les corresponden, y con el propósito de crear las condiciones necesarias que contribuyan a cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la Cumbre del Milenio con énfasis en el Objetivo 5 - Mejorar la salud materna – y de esta forma, permitir que los y las adolescentes mejoren sus condiciones de vida y alcancen una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo, propusieron el Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, el cual fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-SA, dispositivo legal que constituyó a su vez la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional;
Que, de acuerdo a lo previsto en el literal h) del artículo 8° de la norma antes señalada, el Reglamento Interno de la precitada Comisión Multisectorial Permanente deberá ser aprobado por Resolución Ministerial del Sector Salud;
Que, en atención a ello, mediante documento de visto, el Presidente de la citada Comisión Multisectorial Permanente ha solicitado la aprobación de su Reglamento Interno;
Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de garantizar el normal desarrollo de la referida Comisión Multisectorial Permanente;
Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 012-2013-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. El texto del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.
pe/portal/transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
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