1/21/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 013-2014-MEM/DM Aprueban matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de

Aprueban matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del año correspondiente al Sector Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 013-2014-MEM/DM Lima, 14 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 26 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseño de políticas nacionales y sectoriales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, resulta necesario establecer
Aprueban matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del año correspondiente al Sector Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 013-2014-MEM/DM
Lima, 14 de enero de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 26 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseño de políticas nacionales y sectoriales;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, resulta necesario establecer las políticas nacionales que serán de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verificables para todas las dependencias del Sector Energía y Minas, a fin de que los funcionarios impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

Con la opinión favorable del Viceministro de Energía, del Viceministro de Minas y de la Secretaria General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del año correspondiente al Sector Energía y Minas, la misma que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Las Entidades y los Órganos del Sector Energía y Minas incluidos en la implementación de estas políticas deben remitir oportunamente a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas la información de la ejecución de las Metas y Políticas Nacionales al finalizar cada semestre.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y el Anexo integrante de la misma será publicado en el portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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