1/29/2014

RESOLUCIÓN N° 020- 2014-P/JNE Disponen que la Dirección Central de Gestión Institucional del JNE

Disponen que la Dirección Central de Gestión Institucional del JNE asuma competencia respecto al trámite de expedientes sobre publicidad estatal, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, hasta que se instalen los Jurados Electorales Especiales RESOLUCIÓN N° 020- 2014-P/JNE Lima, 27 de enero de 2014 VISTO el Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 24 de enero de 2014. CONSIDERANDOS De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27683, Ley
Disponen que la Dirección Central de Gestión Institucional del JNE asuma competencia respecto al trámite de expedientes sobre publicidad estatal, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, hasta que se instalen los Jurados Electorales Especiales
RESOLUCIÓN N° 020- 2014-P/JNE
Lima, 27 de enero de 2014
VISTO el Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 24 de enero de 2014.

CONSIDERANDOS
De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470; y la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, modificada por Ley N° 27734, mediante el Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, de fecha 23 de enero de 2014, se dispuso la convocatoria a Elecciones Regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como la convocatoria a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República, que se llevará a cabo el 5 de octubre de 2014.

Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, luego de convocado un proceso electoral, este Supremo Tribunal Electoral deberá realizar un conjunto de actividades previas a la instalación de los Jurados Electorales Especiales, órganos de carácter temporal creados para un proceso electoral específico, siendo entre otras, la definición de circunscripciones y ubicación de las sedes en las que se constituirán estos últimos.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 192 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con el numeral 5.1., del artículo 5 del Reglamento de Publicidad Estatal en Periodo Electoral, aprobado por la Resolución N° 004-2011-JNE, de fecha 4 de enero de 2011, se dispone que, desde la fecha de la convocatoria, y hasta la proclamación de los resultados electorales, queda suspendida la difusión de publicidad que efectúan las entidades del Estado, en cualquiera de sus niveles, incluyendo programas y proyectos especiales.

Asimismo, se encuentra terminantemente prohibida cualquier clase de propagada política a favor, o difundir información en contra de cualquier organización política y candidato.

En ese sentido, se debe establecer que, en tanto no se hayan instalado los Jurados Electorales Especiales, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, es preciso disponer que la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones asuma competencia para conocer los procedimientos que establece el Reglamento de la materia.

Por estas consideraciones, el magistrado Baldomero Elías Ayvar Carrasco, Presidente encargado del Jurado Nacional de Elecciones, por ausencia del Presidente titular, en uso de las facultades de las que está investido,
RESUELVE
Artículo Primero.- DISPONER, con cargo a dar cuenta al Pleno, que la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones asuma competencia respecto al trámite de los expedientes sobre publicidad estatal, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, hasta que se instalen los Jurados Electorales Especiales.

Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección Central de Gestión Institucional, para los fines consiguientes.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de esta resolución en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones www.jne.gob.pe.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

BALDOMERO ELIAS AYVAR CARRASCO
Presidente (e)
Por acuerdo del pleno de fecha 17-12-2013, se encarga el Despacho de la Presdiencia del Señor doctor Baldomero Elías Ayvar Carrasco, miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, los dás 27 de enero y 4 de febrero de 2014, mientras dure la ausencia del Titular

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