Inicio
Organismo Supervisor de la Inversion Privada En Telecomunicaciones
Organismos Reguladores
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 023-2014-CD/OSIPTEL Amplían plazo establecido para la remisión
2/13/2014
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 023-2014-CD/OSIPTEL Amplían plazo establecido para la remisión
Amplían plazo establecido para la remisión de comentarios al Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 023-2014-CD/OSIPTEL Lima, 6 de febrero de 2014 MATERIA : AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA REMISIÓN DE COMENTARIOS AL PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES VISTOS: (i) La solicitud presentada por la empresa Telefónica del Perú S.A.A, a fin que se amplíe el plazo establecido
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 023-2014-CD/OSIPTEL
Lima, 6 de febrero de 2014
MATERIA : AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA
REMISIÓN DE COMENTARIOS AL
PROYECTO DE REGLAMENTO
GENERAL DE CALIDAD DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE
TELECOMUNICACIONES
VISTOS: (i) La solicitud presentada por la empresa Telefónica del Perú S.A.A, a fin que se amplíe el plazo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 173-2013-CD/OSIPTEL para presentar comentarios al Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, publicado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 164-2013-CD/
OSIPTEL; (ii) El Informe N° 165-GFS/de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión, presentado por la Gerencia General, mediante el cual recomienda la ampliación del plazo referido en el numeral anterior; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 164-2013-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de diciembre de 2013, se dispuso la publicación para comentarios del Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones; y, conforme a lo dispuesto, se efectuó la publicación del proyecto normativo así como su Exposición de Motivos en la página web institucional del OSIPTEL;
Que, el artículo tercero de la citada Resolución estableció un plazo de veinte (20) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el referido diario oficial, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios al citado proyecto normativo, plazo que venció el 06 de enero de 2014;
Que, posteriormente, en atención a las solicitudes presentadas por los interesados, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 173-2013-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de diciembre de 2013, el OSIPTEL resolvió ampliar en treinta (30) días calendario el plazo establecido para la remisión de comentarios al Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, plazo que venció el 05 de febrero de 2014;
Que, con fechas 27 y 31 de enero de 2014, la empresa Telefónica del Perú S.A.A ha solicitado un plazo adicional de quince (15) días hábiles, justificando dicha petición en la magnitud del impacto de la norma, así como la concurrencia con otros proyectos normativos de similar importancia;
Que, sobre el particular, es de resaltar que este Organismo ha valorado la especial complejidad y trascendencia del Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, por lo que este Consejo Directivo considera razonable ampliar en diez (10) días hábiles el plazo para la presentación de comentarios al citado proyecto, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano;
En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75° del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 527;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar en diez (10) días hábiles el plazo establecido para la remisión de comentarios al Proyecto de Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el cual deberá contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional:
http://www.osiptel.gob.pe).
Regístrese y publíquese.
GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ
Presidente del Consejo Directivo
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)