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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0798-2014-MIDIS/PNAEQW Aprueban Protocolo para la

Aprueban Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos y las Bases del Proceso de Compra de Canasta Básica de productos y raciones para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del PNAE Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0798-2014-MIDIS/PNAEQW Lima, 7 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe N° 0023-2014-MIDIS/PNAEQW-UP del 07 de febrero de 2014, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Prestaciones remite la propuesta de "Protocolo para la implementación de la
Aprueban Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos y las Bases del Proceso de Compra de Canasta Básica de productos y raciones para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del PNAE Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0798-2014-MIDIS/PNAEQW
Lima, 7 de febrero de 2014
VISTOS:

El Informe N° 0023-2014-MIDIS/PNAEQW-UP del 07
de febrero de 2014, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Prestaciones remite la propuesta de "Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos para el PNAE Qali Warma" y las bases del proceso de compra de canasta básica de "productos" y "raciones" para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS
se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas;

Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los Programas, a fin de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos;

Que, asimismo, la Ley N° 29951 estableció que los comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS se establecieron disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiendo que dichos comités u organizaciones deberán suscribir, según corresponda, convenios de cooperación con el Programa, en los que se detallen los compromisos, responsabilidades, obligaciones y los principales aspectos operativos que aseguren la adecuada cogestión para la ejecución de prestaciones;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, modificada por Resolución Ministerial N° 264-2013-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 001-2013-MIDIS, Procedimientos Generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; la cual establece que dentro de un plazo máximo de cinco (05) días calendario, una vez notificada la resolución de constitución del Comité de Compra, se reúnen sus integrantes para la sesión de instalación, suscripción del convenio de cooperación con Qali Warma e inicio del proceso de compra, entre otros;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 2031-2013-MIDIS/PNAEQW se aprobó el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, el cual, establece en el literal c) del numeral 26.1 que constituye función a cargo de la Unidad de Prestaciones, proponer a la Dirección Ejecutiva las bases del proceso, sus formatos y anexos para su aprobación. De acuerdo con lo indicado en los numerales 27) y 28) del Manual de Compras, Qali Warma establece el requerimiento y especificaciones técnicas de los alimentos a adquirir (tipos y cantidades) conforme a las fichas técnicas de alimentos y fichas técnicas de producción de recetas, según corresponda; asimismo, aprueba las bases del proceso de compra que contienen los siguientes aspectos: a) la identificación del Comité de Compra convocante, b) objeto de la convocatoria, c) valor referencial y monto de la garantía de seriedad de la oferta.
d) requisitos generales obligatorios que deben cumplir los proveedores, e) fichas técnicas de alimentos y fichas técnicas de producción de recetas, f) cobertura de atención del Comité de Compra, g) calendario del proceso de compra de acuerdo a sus etapas, h) ítems del proceso de compra, i) obligaciones de los proveedores y penalidades, j) factores de evaluación y, k) modelo de contrato, entre otros anexos y formatos que correspondan; asimismo, de acuerdo a lo establecido por los numerales 29) y 30)
del Manual de Compras, el Comité de Compra aprueba el inicio del proceso luego de recibidas las bases aprobadas por Qali Warma, las cuales son de acceso público en el portal web de Qali Warma (www.qw.gob.pe);

Que, debe considerase que los numerales 55) y 58) del Manual de Compras, indican que en caso se hayan identificado ítems no cubiertos y, después de haber realizado la respectiva invitación a los postores correspondientes estos no hayan manifestado interés o habiéndolo presentado no hayan presentado su propuesta, el Programa Qali Warma – a través de la Unidad de Prestaciones – autorizará al Comité de Compra a efectuar la compra de una canasta básica en las modalidades de raciones o productos, de acuerdo a las especificaciones y valores referenciales que apruebe dicha Unidad Técnica.

Sobre el particular, el literal c) del numeral 26.1) del Manual de Compras, establece que la Unidad de Prestaciones propone a la Dirección Ejecutiva las bases del proceso, sus formatos y anexos para su aprobación;

Que, en virtud a las disposiciones establecidas en el literal c) del numeral 26.1 del Manual de Compras y, de conformidad con la propuesta formulada en el documento de la referencia, remitido por el Jefe de la Unidad de Prestaciones, el "Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos para el PNAE Qali Warma" y las bases del proceso de compra de canasta básica de "productos" y "raciones" para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, cuentan con el sustento correspondiente por parte de dicha Unidad Técnica, a través del cual, se acredita y se deja constancia de la conformidad en el cumplimiento de los requisitos y formalidades establecidas en el Manual de Compras para la viabilidad del trámite de la autorización solicitada;

Con la visación de la Unidad de Prestaciones y de la Unidad de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial
N° 174-2012-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al 06 de febrero de 2013, el "Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos para el PNAE
Qali Warma" y las "Bases del Proceso de Compra de Canasta Básica de productos y raciones, para la atención del Servicio de Alimentación Escolar del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma", por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que los referidos instrumentos técnicos se publiquen en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción, la Unidad de Prestaciones.

Artículo 3.- Dejar sin efecto, las decisiones o disposiciones administrativas emitidas que se contradigan con lo establecido en la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PERCY LUIS MINAYA LEON
Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

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