3/25/2014

DECRETO SUPREMO N° 061-2014-EF Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal para el financiamiento de proyectos de inversión pública DECRETO SUPREMO N° 061-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el Ministerio de la Producción, según el artículo 2 del Reglamento de Organización y
Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal para el financiamiento de proyectos de inversión pública
DECRETO SUPREMO N° 061-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 038:

Ministerio de la Producción;

Que, el Ministerio de la Producción, según el artículo 2
del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, tiene competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en materia de comercio interno;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente;

Que, asimismo, el numeral 11.2 del referido dispositivo, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de dicha disposición sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2014;
asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente;

Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, a través del Informe N°184-2014-PRODUCE/ OGPP-OP, ha emitido opinión favorable y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, para, entre otros, el financiamiento del proyecto de inversión pública "Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo-Huánuco, con código SNIP 196814, por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

1 862 615,00), a cargo de la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo – La Unión, Provincia de Dos de Mayo, Departamento de Huánuco; declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, para lo cual señala que se ha suscrito el convenio correspondiente y que cuenta con la disponibilidad presupuestal que permiten financiar la transferencia requerida, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
asimismo, el Ministerio de Producción ha solicitado la transferencia de partidas correspondientes para el citado proyecto de inversión pública;

Que, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, a favor del Gobierno Local antes señalado, hasta por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y
DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 862 615,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento del proyecto de "Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo-Huánuco", en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 30114;

Que, de otro lado, mediante el Oficio N° 404-2014-GRH/GRPPAT , el Gobierno Regional del Departamento de Huánuco solicita recursos adicionales con la finalidad de financiar el proyecto de inversión pública "Mejoramiento de Servicios de Comercialización de Productos de Primera Necesidad, Mercado de Abastos, en la ciudad de la Unión", con código SNIP 228017, declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), para lo cual, indica que los citados recursos no han sido considerados en su presupuesto institucional aprobado por la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF , establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, de este modo, teniendo en cuenta que los recursos para atender el requerimiento efectuado por el Gobierno Regional de Huánuco no han sido previstos en su Presupuesto Institucional aprobado por la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de
OCHO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 8 914 869,00), con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 1 862 615,00 (UN MILLÓN
OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), Pliego 038: Ministerio de la Producción, a favor de Municipalidad Provincial de Dos de Mayo – La Unión, Provincia de Dos de Mayo, Departamento de Huánuco, para el financiamiento del proyecto de inversión pública "Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo-Huánuco", código SNIP 196814, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de la Producción
ASIGNACIONES
PRESUPUESTALES QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTO :

PROYECTO 2149481 : Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo-Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 862 615,00
--------------------TOTAL EGRESOS 1 862 615,00
===========
A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 100301 : Municipalidad Provincial de Dos de Mayo – La Unión
ASIGNACIONES
PRESUPUESTALES QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTO :

PROYECTO 2149481 : Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo-Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 862 615,00
--------------------TOTAL EGRESOS 1 862 615,00
===========
1.2 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 8 914 869,00 (OCHO MILLONES
NOVECIENTOS CA TORCE MIL OCHOCIENTOS SESENT A
Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con la finalidad de financiar el proyecto de inversión pública "Mejoramiento de Servicios de Comercialización de Productos de Primera Necesidad, Mercado de Abastos, en la ciudad de la Unión", con código SNIP 228017, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : RecursosOrdinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 8 914 869,00
--------------------TOTAL EGRESOS 8 914 869,00
===========
A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PLIEGO 448 : Gobierno Regional del Departamento de Huánuco
ASIGNACIONES PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
UNIDAD EJECUTORA 001 : Región Huánuco-Sede Central Proyecto 2164226 : Mejoramiento del Servicio de Comercialización de Productos de Primera Necesidad - Mercado de Abastos, en la Ciudad de la Unión -Provincia de Dos de Mayo - Huánuco
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 8 914 869,00
-------------------TOTAL PLIEGO 448 8 914 869,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en las Transferencias de Partidas aprueban mediante Resolución, según corresponda, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5)
días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que se refiere la presente norma no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Información En el caso de la transferencia de partidas autorizada en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, el pliego habilitado informará al Ministerio de la Producción los avances físicos y financieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio correspondiente, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 30114.

Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Producción.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.