3/07/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 047-2014-DV-PE Autorizan transferencias financieras para el

Autorizan transferencias financieras para el financiamiento de actividades y proyectos a favor de diversas Entidades Ejecutoras RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 047-2014-DV-PE Lima, 4 de marzo de 2014 VISTO: El Memorándum N° 0232-2014-DV-PIRDAIS del 03 de Marzo del 2014, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para
Autorizan transferencias financieras para el financiamiento de actividades y proyectos a favor de diversas Entidades Ejecutoras
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 047-2014-DV-PE
Lima, 4 de marzo de 2014
VISTO:

El Memorándum N° 0232-2014-DV-PIRDAIS del 03 de Marzo del 2014, emitido por el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;

Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal autoriza a DEVIDA
en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú";
precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1
del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", DEVIDA suscribió Convenios y Adendas con diversas Entidades Ejecutoras, para la ejecución de actividades y proyectos en el año fiscal 2014
a través de transferencias financieras. En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice las transferencias financieras hasta por la suma de S/. 1 411 637.05 (UN
MILLON CUATROCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y SIETE Y 05/100 NUEVOS SOLES);

Que, la Unidad de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través del informe de certificación de crédito presupuestal N° 00271. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos;

Con las visaciones del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS
Autorizar las transferencias financieras hasta por la suma de S/. 1 411 637.05 (UN MILLON CUATROCIENTOS
ONCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 05/100
NUEVOS SOLES), para el financiamiento de actividades y proyectos a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO
Las transferencias financieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
Las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se le transfieran para la ejecución de las actividades y proyectos descritas en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibidas de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
ANEXO
PROGRAMA PRESUPUESTAL: "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS"

ENTIDAD
EJECUTORA
NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO
DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO DE LA
TRANSFERENCIA
HASTA S/.

1° 2° 3° 4° 5°
1
Municipalidad Provincial de Padre Abad Proyecto "Mejoramiento de la produccion y comercialización en la cadena de valor del Cacao en el Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad - Ucayali"
105,892.00 115,759.00 69,070.00 62,220.00 46,820.05 399,761.05
2
Municipalidad Provincial de Padre Abad Proyecto "Mejoramiento de capacidades productivas del cultivo del plátano en el Valle del Río Aguaytia, Provincia de Padre Abad - Ucayali"
180,173.00 294,257.00 166,366.00 154,522.00 109,253.00 904,571.00
{G}ORGANISMOS REGULADORES
{E}ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable para la supervisión y fiscalización de la actividad minera
{N}RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 035-2014-OS/CD
Lima, 25 de febrero de 2014.

VISTO:

El Memorándum GFM-86-2014, mediante el cual la Gerencia de Fiscalización Minera ha remitido la propuesta para actualizar la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a las actividades de supervisión y fiscalización minera.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con las Leyes N° 28964 y N° 29901;
así como el Reglamento del Supervisión y Fiscalización de las Actividades Energéticas y Mineras de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 171-2013-OS/CD, Osinergmin es competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas en las actividades mineras incluyendo las referidas a la seguridad de la infraestructura, sus instalaciones, gestión de seguridad y operaciones.

Que, asimismo, según lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo está facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, así como aprobar la Escala de Multas y Sanciones;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 185-2008-OS/CD, se aprobó la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicables a las actividades de supervisión y fiscalización minera, siendo modificada por Resolución de Consejo Directivo N° 448-2008-OS/CD, respecto del Rubro 9
referido a las medidas administrativas; y por Resolución de Consejo Directivo N° 257-2009-OS/CD que incorporó el Rubro 13, sobre incumplimiento de las recomendaciones;

Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2010-EM, publicado el 22 de agosto de 2010, se aprobó el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, el cual derogó el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera aprobado por Decreto Supremo N° 046-2001-EM;

Que mediante Resoluciones de Consejo Directivo N° 272-2012-OS/CD y N° 171-2013-OS/CD, se aprobaron el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin y el Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras, respectivamente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 128-2013-PCM se fijó el Aporte por Regulación del Sector Minero a Osinergmin;

Que, se ha revisado la vigente Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a las actividades de supervisión minera, a fin de adecuarla al marco normativo vigente;

Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Oficina de Estudios Económicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación.

Aprobar la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión y fiscalización de la actividad minera, la cual consta en el Anexo 1 de la presente resolución.

Artículo 2°.- Derogación.

Deróguese la Resolución de Consejo Directivo N° 185-2008-OS/CD, que aprueba la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable para la supervisión y fiscalización de la actividad minera y sus respectivas modificatorias.

Artículo 3°.- Publicación.

La presente Resolución será publicada en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en el portal electrónico institucional de Osinergmin (www.
osinergmin.gob.pe).

Artículo 4°.- Vigencia.

La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
ANEXO 1
TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES GENERALES
Y ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA SUPERVISIÓN
Y FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS
Rubro Tipificación de la Infracción Base Legal Sanción pecuniaria 1
No exhibir, ni permitir examinar la documentación, libros contables, societarios, comprobantes de pago, correspondencia comercial y los registros magnéticos, incluyendo los programas para su lectura, incluyendo en este caso, la información referida a la organización, los negocios, el accionariado y su estructura de propiedad.

Art. 5° de Ley N° 27332.

Art. 8° de la Ley N°28964.

Arts. 79° y 80° literal a) del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM.

Arts. 26° y 29° del Reglamento de Supervisión de las Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 171-2013-OS/CD.

Hasta 1000
UIT

ENTIDAD
EJECUTORA
NOMBRE DE ACTIVIDAD / PROYECTO
DESEMBOLSO HASTA S/. MONTO DE LA
TRANSFERENCIA
HASTA S/.

1° 2° 3° 4° 5°
3
Municipalidad Provincial de Padre Abad Actividad "Capacitación y asistencia técnica en buenas prácticas de producción agraria (a productores de pijuayo para palmito y piña en el centro poblado menor de Huipoca y aledaños, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad , Región Ucayali)"
48,520.00 48,520.00
4
Municipalidad Provincial de Padre Abad Actividad "Capacitacion y asistencia técnica en buenas prácticas de producción agraria (a productores de café y palma aceitera en el Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Región Ucayali)"
58,785.00 58,785.00
TOTAL 393,370.00 410,016.00 235,436.00 216,742.00 156,073.05 1,411,637.05

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