3/19/2014

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2014/SUNAT Dejan sin efecto designaciones y designan

Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de diversas Intendencias dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2014/SUNAT Lima, 18 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante las Resoluciones de Superintendencia N ros . 227-2006/SUNAT, 069-2012/SUNAT, 206-2012/ SUNAT, 155-2008/SUNAT, 205-2011/SUNAT, 008-2011/ SUNAT, 055-2013/SUNAT, 189-2013/SUNAT y 111-2008/SUNAT se designó a diversos trabajadores como Ejecutores
Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de diversas Intendencias dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2014/SUNAT
Lima, 18 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones de Superintendencia
N
ros . 227-2006/SUNAT, 069-2012/SUNAT, 206-2012/
SUNAT, 155-2008/SUNAT, 205-2011/SUNAT, 008-2011/ SUNAT, 055-2013/SUNAT, 189-2013/SUNAT y 111-2008/SUNAT se designó a diversos trabajadores como Ejecutores Coactivos encargados de gestionar la cobranza coactiva de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencia Lima y de las Intendencias Regionales de Arequipa, Cusco, La Libertad Madre de Dios y Piura respectivamente;

Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de las unidades orgánicas antes señaladas, resulta conveniente dejar sin efecto las designaciones mencionadas en el considerando precedente y designar a los Ejecutores Coactivos que se encargarán de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima y de las Intendencias Regionales de Arequipa, Cusco, La Libertad Madre de Dios y Piura;

Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;

Que los trabajadores propuestos han presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N.°
26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público;

En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva, a los trabajadores que a continuación se detallan:

INTENDENCIA DE PRINCIPALES
CONTRIBUYENTES NACIONALES
Neptalí Sebastián Muñoz Aguilar
INTENDENCIA LIMA
Lucy Lourdes Delgado Seminario César Morales Chue
INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA
Erika Karina Jiménez Roncalla
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO
Carlos Martín Torres Moreno
INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD
Oscar Abel Caparachin Rivera Betsy Judith Revoredo Martínez Said Giuliano Trujillo Ripamontti
INTENDENCIA REGIONAL MADRE DE DIOS
Marianella Lucero Melgar Maraza
INTENDENCIA REGIONAL PIURA
Giorgie Raúl Zabaleta Carrillo Artículo 2°.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva, a los trabajadores que a continuación se detallan:

INTENDENCIA LIMA
Víctor Mejía Ninacondor Cecilia Jesús Mendoza Huaranca
INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA
José Luis Alexander Enríquez Castillo
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO
Patricia Abrill Arriola Eladio Vladimiro León Pino Mena
INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD
Cristian Omar Farfán Ramírez Maryuri Yris León Alvarado Giorgie Raúl Zabaleta Carrillo
INTENDENCIA REGIONAL MADRE DE DIOS
Jimmy Ray Castro Varillas Luz Erika Sarmiento Sotta
INTENDENCIA REGIONAL PIURA
Edwin Lecarnaqué Molina Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCOS GARCIA INJOQUE
Superintendente Nacional (e)

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