4/04/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2014-TR Aprueban la "Cartilla Informativa" mediante la cual se

Aprueban la "Cartilla Informativa" mediante la cual se informa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2014-TR Lima, 2 de abril de 2014 VISTOS: El Informe N° 27-2014-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo, el Oficio N° 414-2014-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 308-2014-MTPE/4/8 de la Oficina
Aprueban la "Cartilla Informativa" mediante la cual se informa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2014-TR
Lima, 2 de abril de 2014
VISTOS: El Informe N° 27-2014-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo, el Oficio N° 414-2014-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 308-2014-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, los artículos 10 y 11 de la Constitución Política del Perú establecen que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social y garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas;

Que, la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, señala en su artículo 5 que los trabajadores pesqueros bajo relación de dependencia a cargo del armador y que se encuentren así registrados, pueden optar por afiliarse al Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, previa información brindada conforme al artículo 8, de acuerdo con lo dispuesto en la referida ley, su reglamento y las demás disposiciones complementarias aplicables;

Que, el artículo 8 de la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Oficina de Normalización Previsional y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones deberán aprobar una cartilla informativa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, en el ámbito de sus competencias; la cual debe incluir, como mínimo, la información sobre los costos previsionales, los requisitos de acceso, los beneficios y las modalidades de pensión que otorga cada sistema y la información relacionada con los criterios para determinar la pensión;

Que, conforme al mandato legal anteriormente referido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha elaborado la referida cartilla informativa en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Oficina de Normalización Previsional;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Sector opina, mediante Informe N° 308-2014-MTPE/4/8, por la procedencia de la emisión de la resolución ministerial que aprueba la cartilla informativa a que se refiere el artículo 8
de la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros;

Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros; la Ley N° 29381, Ley de organización y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la "Cartilla Informativa" a que se refiere el artículo 8 de la Ley N° 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, mediante la que se informa sobre las características, las diferencias y demás peculiaridades del Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros y del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones; la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2°.- Disponer que la presente resolución ministerial y el anexo a que hace referencia el artículo precedente se publiquen en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.
trabajo.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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