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DECRETO SUPREMO N° 106-2014-EF que encarga al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la
5/13/2014
DECRETO SUPREMO N° 106-2014-EF que encarga al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la
Decreto Supremo que encarga al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la adecuación de ambientes y ejecución de obras exteriores como parte de la preparación, organización y realización de las Juntas de Gobernadores 2015 DECRETO SUPREMO N° 106-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de octubre del 2012, el Gobierno del Perú suscribe Convenio con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, aceptando la invitación de Perú para llevar a cabo la realización de las Juntas
DECRETO SUPREMO N° 106-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 14 de octubre del 2012, el Gobierno del Perú suscribe Convenio con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, aceptando la invitación de Perú para llevar a cabo la realización de las Juntas Anuales de Gobernadores en la ciudad de Lima, en el mes de octubre del 2015, conforme se indica en la cláusula segunda del mencionado Convenio;
Que, mediante Decreto Supremo N° 241-2012-EF, se declara de Interés Nacional, entre otros, la realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, a llevarse a cabo en la República del Perú, y se crea el "Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/ FMI - 2015 Perú";
Que, de acuerdo a la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en la Quincuagésima Sétima Disposición Complementaria Final, se autoriza por excepción durante el año fiscal 2013, a celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas con organismos internacionales a las entidades a cargo de la construcción e implementación del "Gran Centro de Convenciones de Lima" y de la preparación, organización y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015;
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en su Décima Sétima Disposición Complementaria Final, contiene una disposición similar a la antes mencionada disposición de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, la preparación, organización y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional en la ciudad de Lima, Perú, en el año 2015, demandan la adecuación de los ambientes disponibles, adquisición de equipamientos y otras obras y servicios que se requieran, en los predios estatales en los que se ubican el Museo de la Nación, la Biblioteca Nacional y el Gran Teatro Nacional, así como la ejecución de obras de infraestructura superficiales y subterráneas en las áreas exteriores colindantes y próximas a dichos predios;
Que, estando a la propuesta del Consejo Directivo del "Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI
– 2015 Perú", y según Acuerdo adoptado en sesión de fecha 02 de mayo de 2014;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el Decreto Supremo N° 241-2012-EF, Declara de interés nacional la realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, a llevarse a cabo en el Perú, y crean el "Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/ FMI – 2015 Perú"; y, el Decreto Supremo N° 097-2013-EF .
DECRETA:
Artículo 1.- De la preparación, organización y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015
La preparación, organización y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al año 2015, a cargo del Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/ FMI - 2015, comprenden todas las acciones necesarias para la adecuación de los ambientes disponibles, adquisición de equipamientos y otras obras y servicios que se requieran para el "Gran Centro de Convenciones de Lima", en el Museo de la Nación, en la Biblioteca Nacional y en el Gran Teatro Nacional, así como la ejecución de obras de infraestructura superficiales y subterráneas en las áreas exteriores colindantes y próximas a dichos predios.
Artículo 2.- Del encargo al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento realiza la adecuación de los ambientes disponibles, adquisición de equipamientos y otras obras y servicios que se requieran, en el Museo de la Nación, la Biblioteca Nacional y el Gran Teatro Nacional, así como la ejecución de obras de infraestructura superficiales y subterráneas en las áreas exteriores colindantes y próximas a los predios donde se encuentran ubicadas dichas entidades, para el cumplimiento de lo dispuesto en la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
y en el marco de lo señalado en el artículo precedente.
Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar todas las acciones necesarias, incluyendo de ser el caso, la suscripción de un convenio de encargo de gestión con el Ministerio de Cultura, el "Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI -2015 Perú", con la Biblioteca Nacional de Perú y con las entidades que resulten involucradas, en el marco de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Ministra de Cultura.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de mayo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
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