6/24/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 083-2014-OEFA/PCD Autorizan transferencia

Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio del Ambiente para financiar la organización y realización de eventos COP20 y CMP10, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 083-2014-OEFA/PCD Lima, 20 de junio de 2014 VISTOS: El Oficio N° 968-2014-SG/MINAM de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, el Informe N° 054-2014-OEFA/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 099-2014-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio del Ambiente para financiar la organización y realización de eventos COP20 y CMP10, a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 083-2014-OEFA/PCD
Lima, 20 de junio de 2014
VISTOS: El Oficio N° 968-2014-SG/MINAM de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, el Informe N° 054-2014-OEFA/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 099-2014-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental;

Que, el Numeral 75.1 del Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que son transferencias financieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino;

Que, por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM, del 15 de julio del 2013, se declara de interés nacional la realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20" y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", que se llevarán a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, en el año 2014, así como de sus actividades y eventos conexos;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza al OEFA, durante el Año Fiscal 2014, a efectuar transferencias financieras a favor del Ministerio del Ambiente y sus organismos adscritos, con cargo a la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados, mediante resolución del Titular del Pliego, para la continuidad de la gestión ambiental y de la conservación del ambiente, propiciando el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas, el desarrollo sostenible de la Amazonía, y otras acciones de carácter ambiental propias del Ministerio del Ambiente y sus organismos adscritos;

Que, mediante Oficio N° 968-2014-SG/MINAM, del 20 de junio del 2014, la Secretaría General del Ministerio del Ambiente señala que la organización y realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10 se enmarcan dentro de los alcances de la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115; asimismo, señala que conforme a lo indicado por la Presidencia del Grupo de la COP20/CMP10, existe un saldo por financiar de Sesenta y Tres Millones Trescientos Setenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Tres con 69/100 Nuevos Soles (S/. 63 373 583,69), asociado al Componente N° 01: Organización y Logística de los mencionados eventos; por lo que solicita evaluar la posibilidad de financiar la demanda adicional de presupuesto para dicho fin;

Que, el OEFA como ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, tiene a su cargo la evaluación, supervisión y fiscalización del cumplimiento de la normativa ambiental a nivel nacional, integrando los esfuerzos del Estado y la sociedad, de manera coordinada y transparente, para asegurar una efectiva gestión y protección del ambiente; en ese contexto, la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10 se enmarca dentro de los objetivos institucionales del OEFA;

Que, en ese sentido, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 082-2014-OEFA/ PCD, del 20 de junio del 2014, el OEFA incorporó la suma de Veintiún Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 000 000,00) a su Presupuesto Institucional Modificado, provenientes de ingresos distintos al Aporte por Regulación cuyas alícuotas fueron fijadas por Decreto Supremo N° 129-2013-PCM y Decreto Supremo N° 130-2013-PCM, a fin de atender lo solicitado por la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, al haberse priorizado las actividades proyectadas en los instrumentos de gestión sin que ello implique una afectación de los objetivos estratégicos de fiscalización ambiental trazados para el presente año;

Que, mediante Informe N° 054-2014-OEFA/OPP, del 20 de junio del 2014, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto propone que los referidos recursos sean transferidos al Ministerio del Ambiente para financiar parcialmente el Componente N° 01: Organización y Logística de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10;

Que, estando a lo expuesto y a la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto contenida en el Informe N° 054-2014-OEFA/OPP y a la opinión legal de la Oficina de Asesoría Jurídica emitida mediante Informe N° 099-2014-OEFA/OAJ, del 20 de junio del 2014, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, hasta por la suma de Veintiún Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 000 000,00), a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, para financiar la organización y realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30115
- Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, hasta por la suma de Veintiún Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 000 000,00), a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, para financiar la organización y realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
ANEXO
{N}RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 083- 2014-OEFA/PCD
EGRESOS EN NUEVOS
SOLES
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental UNIDAD EJECUTORA 001: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -Administración OEFA.

CATEGORÍA
PRESUPUESTAL
9001: Acciones Centrales 21 000 000,00
PRODUCTO 3999999: Sin Producto 21 000 000,00
ACTIVIDAD 5000003: Gestión Administrativa 21 000 000,00
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
2: Recursos Directamente Recaudados 21 000 000,00
GASTOS
CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 21 000 000,00
TOTAL EGRESOS 21 000 000,00

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