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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 024-2014-SENACE/J Delegan facultades al Secretario General del Servicio
6/04/2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 024-2014-SENACE/J Delegan facultades al Secretario General del Servicio
Delegan facultades al Secretario General del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para Inversiones Sostenibles - SENACE, durante el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 024-2014-SENACE/J Lima, 22 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29968, se creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 024-2014-SENACE/J
Lima, 22 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 29968, se creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente y, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley 27446
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias;
Que, el Numeral 7.3 del Artículo 7° de la mencionada Ley establece que la Jefatura ejerce la representación legal del SENACE, así como la titularidad del pliego presupuestal de la entidad;
Que, el Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1017 -Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley)
dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento de la citada Ley;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 020-2014-SENACE del 28 de abril de 2014, se dispuso delegar en el señor Juan Teodoro Falconí Galvez, Secretario General, las funciones vinculadas a la coordinación, conducción y supervisión de las actividades de asesoramiento y apoyo del SENACE;
Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión en las contrataciones de bienes y servicios que permitan al SENACE cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones establecidas en su norma de creación, resulta pertinente delegar en el Secretario General determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego hasta la culminación del Año Fiscal 2014;
Con el visado del Secretario General y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado;
y otras normas de carácter reglamentario, y en uso de las atribuciones conferidas por el Numeral 7.3 del Artículo 7° de la Ley N° 29968 - Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en el señor Juan Teodoro Falconí Galvez, Secretario General del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, durante el Año Fiscal 2014:
1. Modificar el Plan Anual de Contrataciones.
2. Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
3. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Permanentes y Especiales Ad Hoc.
4. Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités Permanentes y Especiales.
5. Aprobar las bases administrativas de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
6. Aprobar la cancelación de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
7. Suscribir, en representación del SENACE, los contratos y adenda derivados de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos, previa visación de la Oficina de Asesoría Jurídica.
8. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria suficiente.
9. Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios derivados de procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
10. Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original.
11. Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos, dentro del marco normativo que regula las contrataciones del Estado.
12. Aprobar la estandarización de los bienes y servicios a ser contratados por la Entidad.
13. Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual de bienes y servicios derivados de procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
14. Aprobar las resoluciones de contratos de bienes y servicios derivados de procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos, por las causales reguladas en la normativa de contrataciones del Estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad.
15. Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades.
16. Emplazar a los impugnantes a fin de que realicen la subsanación de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, así como la facultad para correr el traslado de los recursos de apelación a los postores que pudiesen resultar afectados con su resolución en los procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa y de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos.
Artículo 2°.- El Secretario General deberá informar trimestralmente a la Jefatura Institucional del SENACE
sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del SENACE (www.
senace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
ROSA MARIA ORTIZ RIOS
Jefa del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles SENACE
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