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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2014-VIVIENDA Modifican el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el
6/27/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2014-VIVIENDA Modifican el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el
Modifican el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 -2016, en lo relativo a denominación, conformación y funciones del órgano colegiado sectorial encargado de la evaluación y monitoreo anticorrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2014-VIVIENDA Lima, 25 de junio de 2014 VISTOS, el Informe N° 014-2014/VIVIENDA-SG/DU y el Memorándum N° 049-2014/VIVIENDA-SG/DU de la Defensoría del Usuario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2014-VIVIENDA
Lima, 25 de junio de 2014
VISTOS, el Informe N° 014-2014/VIVIENDA-SG/DU
y el Memorándum N° 049-2014/VIVIENDA-SG/DU de la Defensoría del Usuario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y,
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento establecidas por el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se considera la Política Anticorrupción, orientada al fortalecimiento de la lucha contra la corrupción en las licitaciones y adquisiciones del Estado; a fin de garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover la Ética Pública a través de sus acciones y comunicaciones; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública;
Que, mediante Decreto Supremo N° 119-2012-PCM
se aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, como resultado del compromiso claro y decidido por parte del Gobierno Central para luchar contra la corrupción en todos los estamentos del Estado;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2013-VIVIENDA se aprobó el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 – 2016, el cual considera la creación de un "Comité Sectorial de Evaluación y Monitoreo Anticorrupción", encargado de supervisar periódicamente la implementación de las acciones priorizadas y la retroalimentación del Plan;
Que, con la finalidad de optimizar el trabajo del órgano colegiado encargado de la evaluación y monitoreo del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector, y cumplir las disposiciones de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta necesario modificar el sub numeral 4.2
del numeral 4 del capítulo II, del Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 – 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 229-2013-VIVIENDA;
En uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el sub numeral 4.2 del numeral 4 del Capítulo II del Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 - 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 229-2013-VIVIENDA, modificando la denominación, conformación y funciones del órgano colegiado sectorial encargado de la evaluación y monitoreo anticorrupción, el cual quedará redactado con el siguiente texto:
"4.2 Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento Conforme a las definiciones del ámbito de aplicación del presente Plan, luego de su aprobación, se creará la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante la Comisión, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, encargada de proponer el establecimiento de una política sectorial de prevención de la corrupción y del desarrollo de acciones orientadas al fomento de una cultura de ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política, así como del seguimiento de la implementación del Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 - 2016, y estará integrada por:
- El/la Secretario/a General, quien lo presidirá.
- El/la Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo.
- El/la Viceministro/a de Construcción y Saneamiento.
- Un representante del Despacho Ministerial.
- El/la Director/a Ejecutivo/a del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI.
- El/la Superintendente/a de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN.
- El/la Gerente/a General de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL
S.A.
- El/la Gerente/a General del Fondo MI VIVIENDA
S.A.
- El/la Gerente/a General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO.
- El/la Director/a Ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento -OTASS; y, A efectos de viabilizar el accionar de la Comisión, sus miembros podrán contar con representantes alternos.
Cada uno de los miembros de la Comisión, deberá mantener permanentemente informado al titular de su institución de todo lo relacionado a la implementación del Plan.
Los miembros que integran la Comisión, ejercerán sus cargos como parte de su mandato institucional, no pudiendo percibir remuneraciones, dietas, aportes, asignación ni retribución, cualquiera fuera su denominación, excepto las que provengan de la institución a la que pertenecen.
4.2.1 Funciones de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento a) Proponer la política sectorial en materia de prevención de la corrupción.
b) Promover el desarrollo de acciones orientadas al fomento de la ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política.
c) Proponer al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento el Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector.
d) Evaluar e informar semestralmente al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los resultados de la implementación del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector.
e) Evaluar y proponer acciones y medidas a adoptar por la Alta Dirección, relacionadas a la prevención e investigación de actos de corrupción, así como el fomento de la ética, transparencia y neutralidad política del Sector.
f) Promover la difusión de los principios y valores en las entidades del Sector.
g) Promover la vigilancia ciudadana sobre el ejercicio de la función pública.
h) Establecer coordinaciones con entidades públicas y privadas en materia de lucha contra la corrupción.
Para el desarrollo de sus actividades, la Comisión y su Secretaría Técnica podrán solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico a los distintos órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos, organismos públicos y entidades adscritas al Sector, así como de las entidades privadas que puedan coadyuvar al cumplimiento de las funciones, pudiendo realizar las convocatorias que sean necesarias para la consecución de sus fines.
4.2.2 Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento La Comisión, contará con una Secretaría Técnica, que estará a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano del MVCS, la misma que implementará las acciones dispuestas por la Comisión y el seguimiento de la ejecución de las actividades programadas en el Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector.
4.2.3 Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento La Secretaría Técnica de la Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Formular la propuesta del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector, en coordinación con los órganos y programas del MVCS, así como de los Organismos Públicos y entidades adscritas, para presentarlo a la Comisión.
b) Brindar el apoyo e información que le requiera la Comisión.
c) Elaborar el Informe Semestral sobre la ejecución del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector y presentarlo a la Comisión.
d) Elaborar reportes sobre el avance en la ejecución del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector, cuando sean solicitados por la Comisión.
e) Apoyar la promoción del desarrollo de acciones orientadas al fomento de la ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política".
Artículo 2.- La Comisión se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial, dando cuenta al Titular del Sector.
Artículo 3.- Todas las referencias al Comité Sectorial de Evaluación y Monitoreo Anticorrupción efectuadas en el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 - 2016, se entienden referidas a la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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