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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 411-2014/MINSA Aprueban Documento Técnico: Orientaciones para el
6/04/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 411-2014/MINSA Aprueban Documento Técnico: Orientaciones para el
Aprueban Documento Técnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 411-2014/MINSA Lima, 3 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 13-105787-002, que contiene los Informes N°s 043 y 064-2013-OA-DPCS de la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y IV, del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 411-2014/MINSA
Lima, 3 de junio del 2014
Visto, el Expediente N° 13-105787-002, que contiene los Informes N°s 043 y 064-2013-OA-DPCS de la Dirección General de Promoción de la Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos I y IV, del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la responsabilidad en materia de salud individual compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;
Que, la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, tiene por objeto reconocer, facilitar y promover la acción de los ciudadanos en servicios voluntarios y señalar las condiciones jurídicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional y declara de interés nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional, en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad, en forma altruista y solidaria;
Que, con Resolución Ministerial N° 299-2011/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/ DGPS-V.01, "Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud", que tiene por finalidad contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana, en el primer nivel de atención, para el desarrollo de acciones de promoción de la salud y de prevención de las enfermedades, en el marco de las políticas nacionales de salud;
Que, la Dirección General de Promoción de la Salud, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la promoción de la salud, así como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-SA;
Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Promoción de la Salud, ha propuesto la actualización de la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/DGPS-V.01, aprobada con Resolución Ministerial N° 299-2011/MINSA, y ha propuesto en su reemplazo el Documento Técnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que tiene como propósito contribuir con el mejoramiento de la salud biopsicosocial del individuo, familia y comunidad, a través de la acción del Agente Comunitario de Salud como agente de cambio para el logro de la formación de una cultura en salud en la población, mediante la adopción de estilos de vida saludables;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud;
Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico:
Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Promoción de la Salud, a través de la Dirección de Participación Comunitaria en Salud, la difusión del citado Documento Técnico, así como la evaluación de su implementación a nivel nacional.
Artículo 3°.- Las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, las Direcciones de Salud o las que haga sus veces, son las responsables de su implementación, supervisión y aplicación, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 299-201 1/MINSA, que aprobó la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/DGPS-V.01 "Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud".
Artículo 5°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.
pe/transparencia/dge_normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
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