6/04/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2014-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2014-JUS Lima, 3 de junio de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.° 087-2013/ COE-TC, del 12 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Chile de la ciudadana peruana ROSA LUZ PUMAR GALDÓS, formulada por el Décimo Quinto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 115-2014-JUS
Lima, 3 de junio de 2014
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.° 087-2013/ COE-TC, del 12 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Chile de la ciudadana peruana ROSA LUZ PUMAR GALDÓS, formulada por el Décimo Quinto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 20 de diciembre de 2012, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROSA LUZ PUMAR GALDÓS, para ser procesada por los delitos contra el Patrimonio – Apropiación Ilícita, en agravio de la empresa Waira Cóndor Sociedad Anónima Cerrada, y contra la Administración Pública – delito contra la Función Jurisdiccional – Falsa Denuncia, en agravio del Estado peruano (Expediente
N.° 76-2012);

Que, el literal a) del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 087-2013/COE-TC, del 12 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República de Perú y la República de Chile, firmado el 05 de noviembre de 1932, vigente desde el Canje de Ratificaciones efectuado en la ciudad de Lima el 15 de julio de 1936;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROSA LUZ PUMAR
GALDÓS, formulada por el Décimo Quinto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la comisión de los delitos contra el Patrimonio – Apropiación Ilícita, en agravio de la empresa Waira Cóndor Sociedad Anónima Cerrada, y contra la Administración Pública – delito contra la Función Jurisdiccional – Falsa Denuncia, en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Chile, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.