7/24/2014

DECRETO SUPREMO N° 008-2014-MINAGRI Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI DECRETO SUPREMO N° 008-2014-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, habiéndose aprobado su Reglamento de Organización y Funciones con Decreto Supremo N° 031-2008-AG; Que, por Ley N° 30048 se modificó el Decreto Legislativo N° 997, con relación a su denominación, estructura y funciones,
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI
DECRETO SUPREMO N° 008-2014-MINAGRI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, habiéndose aprobado su Reglamento de Organización y Funciones con Decreto Supremo N° 031-2008-AG;

Que, por Ley N° 30048 se modificó el Decreto Legislativo N° 997, con relación a su denominación, estructura y funciones, y mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria se dispuso que el Ministerio de Agricultura y Riego presente su proyecto de Reglamento de Organización y Funciones a la Presidencia del Consejo de Ministros en un plazo no mayor a (90) noventa días hábiles, contados a partir de la vigencia de dicha Ley;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura y Riego, de conformidad con los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública" aprobados por el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura modificado por la Ley N° 30048; y, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que consta de seis (06) Títulos, setenta y cuatro (74) Artículos, una (01) Disposición Complementaria Final, dos (02)
Disposiciones Complementarias Transitorias y un (01)
Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Acrónimo Apruébase el uso del término MINAGRI como acrónimo del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual será utilizado en toda comunicación, documentos oficiales, con intención de publicidad y otros fines que correspondan.

Artículo 3.- Financiamiento La implementación del presente Decreto Supremo se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, aprobado por el artículo 1, precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Normas Complementarias El Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante el presente Decreto Supremo.

Segunda.- Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad El Ministerio de Agricultura y Riego aprobará su propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, conforme a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y a las Directivas para la elaboración del CPE por las Entidades, expedidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

Tercera.- Referencia en normas anteriores a Direcciones u Oficinas Toda referencia en normas anteriores a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio que no formen parte del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el presente Decreto Supremo, deben identificarse con los nuevos órganos y unidades orgánicas, de acuerdo con sus funciones.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación Derógase el Decreto Supremo N° 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 001-2009-AG.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

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