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DECRETO SUPREMO N° 215-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
7/28/2014
DECRETO SUPREMO N° 215-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Ministerio del Interior DECRETO SUPREMO N° 215-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 007 Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1135, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, estableciendo
DECRETO SUPREMO N° 215-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 007 Ministerio del Interior;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1135, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, estableciendo que el Ministerio del Interior diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; asimismo, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú y a los organismos públicos adscritos a él;
Que, mediante Oficios N°s. 878 y 1294-2014-IN-DM, el Ministerio del Interior ha solicitado una transferencia de recursos adicionales, entre otros, hasta por la suma total de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA
Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 14 359 440,00), para financiar la adquisición de borceguíes tipo jungla a ser adquiridos a través de licitación nacional regular en el presente año fiscal, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP), que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Oficiales y Suboficiales en el presente año, los cuales no han sido previstos por el citado pliego en su presupuesto institucional del año fiscal 2014;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, los recursos solicitados no han sido previstos en el presupuesto institucional del año fiscal del pliego 007
Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma total de
CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 14 359 440,00), a favor del citado pliego, destinada al financiamiento del pago de la adquisición de borceguíes tipo jungla a ser adquiridos a través de licitación nacional regular en el presente año fiscal, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP), que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Oficiales y Suboficiales en el presente año, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias;
DECRETA:
Artículo 1°.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma total de CATORCE
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 14 359 440,00), a favor del pliego 007
Ministerio del Interior, destinada a financiar el pago de la adquisición de borceguíes tipo jungla a ser adquiridos a través de licitación nacional regular en el presente año fiscal, para el personal policial de la Policía Nacional del Perú (PNP), que corresponde, entre otros, a los cadetes y alumnos por egresar de las Escuelas de Oficiales y Suboficiales en el presente año, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 14 359 440,00
--------------------TOTAL EGRESOS 14 359 440,00
===========
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP
ACCIONES CENTRALES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000003: Gestión Administrativa
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 14 359 440,00
-------------------TOTAL PLIEGO 007 14 359 440,00
===========
TOTAL EGRESOS 14 359 440,00
===========
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
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