7/27/2014

RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 73-2014/CNB-INDECOPI Aprueban y

Aprueban y dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas sobre bebida de malta, cables eléctricos y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 73-2014/CNB-INDECOPI Lima, 17 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y
Aprueban y dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas sobre bebida de malta, cables eléctricos y otros
RESOLUCIÓN COMISIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 73-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 17 de julio de 2014
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4° al 11° de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización;

Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;

Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Bebidas de malta nutritiva, b) Conductores eléctricos, c) Productos forestales maderables transformados y d) Pescados, mariscos y productos derivados de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado;

Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusión Pública en las fechas indicadas:
a) Bebidas de malta nutritiva, 02 PNTP, el 27 de marzo y el 11 de abril de 2014, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 09 de mayo de 2014;
b) Conductores eléctricos; 03 PNTP , el 25 de abril y el 05 de mayo de 2014, mediante el Sistema 1 o adopción por un periodo de 30 días contados a partir del 13 de junio de 2014;
c) Productos forestales maderables transformados, 01 PNTP, el 07 de mayo de 2014, mediante el Sistema 1
o adopción por un periodo de 30 días contados a partir del 13 de junio de 2014;
d) Pescados, mariscos y productos derivados, 01
PNTP, el 15 de mayo de 2014, mediante el Sistema 1 o adopción por un periodo de 30 días contados a partir del 13 de junio de 2014;

Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas;

Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus Miembros.

RESUELVE
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes:

NTP 210.104:BEBIDA DE MALTA. Determinación de tiamina. Método fiuorométrico.

1ª Edición NTP 210.105:BEBIDA DE MALTA. Determinación de ribofiavina. 1ª Edición
NTP-IEC 60811-412: CABLES ELÉCTRICOS Y DE
FIBRA ÓPTICA. MÉTODOS DE
ENSAYO PARA MATERIALES NO
METÁLICOS. Parte 412: Ensayo varios. Métodos de envejecimiento térmico. Envejecimiento en bomba de aire. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 60811-1-2:2012
NTP-IEC 60245-2: CABLES AISLADOS CON GOMA.

Tensiones nominales hasta e inclusive 450/750 V . Parte 2:

Métodos de ensayo. 1ª Edición
NTP-IEC 60245-3: CABLES AISLADOS CON GOMA.

Tensiones nominales de hasta 450/750 V. Parte 3: Cables con aislamiento de silicona resistente al calor. 1ª Edición
NTP-ISO 16978:PANELES A BASE DE MADERA.

Determinación del módulo de elasticidad en fiexión y de la resistencia a la fiexión. 1ª Edición Reemplaza a la NTP
251.072:1989 (revisada el 2010)
NTP-CODEX STAN 166:BARRITAS, PORCIONES
Y FILETES DE PESCADO
EMPANIZADOS O REBOZADOS
CONGELADOS RÁPIDAMENTE.

1ª Edición Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:

NTP-IEC 60811-1-2:2012 MÉTODOS DE
ENSAYOS COMUNES
PARA MATERIALES DE
AISLAMIENTO Y CUBIERTA
DE CABLES ELÉCTRICOS Y
CABLES DE FIBRA ÓPTICA.

Parte 1-2: Métodos de aplicación general. Métodos de envejecimiento térmico. 2ª Edición NTP 251.072:1989 (revisada el 2010) TABLEROS DE
PARTÍCULAS. Método de ensayo para determinar el módulo de elasticidad aparente a la resistencia máxima a la fiexión. 1ª Edición.

Con la intervención de los señores, Augusto Ruiloba Rossel, Ítalo Laca Ramos y Eldda Bravo Abanto Regístrese y publíquese,
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias

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