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RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 06-2014-SUNAT/5C0000 Modifican Procedimiento General
7/19/2014
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 06-2014-SUNAT/5C0000 Modifican Procedimiento General
Modifican Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 06-2014-SUNAT/5C0000 Callao, 16 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00118-2014/ SUNAT/300000 se aprobó el Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4); Que resulta necesario modificar el mencionado procedimiento, a fin de sustituir la definición
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 06-2014-SUNAT/5C0000
Callao, 16 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00118-2014/ SUNAT/300000 se aprobó el Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4);
Que resulta necesario modificar el mencionado procedimiento, a fin de sustituir la definición del término Buzón SOL, precisar las acciones que debe realizar el funcionario encargado al aprobar la solicitud de restitución y dejar sin efecto las instrucciones referidas a la suspensión del plazo durante la rectificación electrónica con posterioridad a la aprobación de la solicitud de restitución;
Que de acuerdo al artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 15.11.2013 se publicó el proyecto de Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4) en el portal web de la SUNAT;
En uso de la facultad conferida por el inciso b)
del artículo 89° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modifíquense el numeral 1 de la sección IV y el numeral 5, literal B de la sección VII, del Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00118-2014/SUNAT/300000, conforme a los textos siguientes:
"IV. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Para efectos del presente procedimiento se entiende por:
1. Buzón SOL: A la sección ubicada dentro de la SUNAT Operaciones en Línea, asignada al beneficiario, donde se comunican los actos administrativos previstos en el presente procedimiento."
"VII. DESCRIPCIÓN (…)
B. De la revisión documentaria (…)
5. De ser conforme, el funcionario encargado registra la aprobación de la Solicitud y devuelve los actuados al interesado, continuando el proceso automático de verificación de deudas del beneficiario, sin perjuicio de las acciones de fiscalización especial. La aprobación es notificada a través del Buzón SOL del beneficiario."
Artículo 2°.- Déjese sin efecto el numeral 6 del literal G de la sección VII del Procedimiento General "Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios" INTA-PG.07 (versión 4), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00118-2014/SUNAT/300000.
Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia en las Intendencias de Aduana Aérea y Postal, de Arequipa y de Paita al día siguiente de su publicación y en las demás intendencias de aduana a partir del 30.8.2014.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN
Intendente Nacional Intendencia Nacional de Técnica Aduanera Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico
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