7/18/2014

RESOLUCIÓN N° 440-2014/SBN-DGPE-SDAPE Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno rústico, ubicado en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN N° 440-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 11 de julio de 2014 Visto el Expediente N° 225-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno rústico, ubicado en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN N° 440-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 11 de julio de 2014
Visto el Expediente N° 225-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, con fecha 18 de abril de 2012, se suscribió el Convenio N° 129-2012 de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo fijar los lineamientos administrativos y de operatividad que deberán seguir las partes, según corresponda, para que COFOPRI
brinde información que permita a la SBN efectuar la primera inscripción de dominio de los predios destinados para el Programa de Apoyo al Hábitat Rural – Tambos;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco, se encuentra sin inscripción registral;

Que, con fecha 08 de agosto de 2013, se realizó la inspección técnica al predio en cuestión, verificando que es un terreno rústico de topografía plana con pendiente de 2% y con suelo compacto de textura franco arcilloso de uso agrícola, libre de ocupación;

Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 25 de octubre del 2013 elaborado sobre la base del Informe Técnico N° 1460-13-ZRVIII-SHYO/UREG-CAT-ORHCO, se informa que no se ha detectado afectación alguna sin embargo no es posible determinar afectaciones gráficas a predios colindantes inscritos que no han sido incorporados a la base gráfica;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27
m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0452-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 01 de julio de 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Y arowilca y departamento de Huánuco; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Oficina Registral de Huánuco de la Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huánuco.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DUILIO DANTE QUEQUEZANA LINARES
Subdirector (e) de Administración del Patrimonio Estatal

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