7/19/2014

RESOLUCIÓN N° 622-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor

Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 622-2014-JNE Expediente N.° J-2014-00697 CARAVELÍ - AREQUIPA Lima, quince de julio de dos mil catorce VISTOS los Oficios N.° 211-2014-MPC y N° 0221-2014-GM/MPC, presentados el 24 de junio y 2 de julio de 2014, por Carlos Alberto Oporto Mamani, gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida
Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 622-2014-JNE
Expediente N.° J-2014-00697
CARAVELÍ - AREQUIPA
Lima, quince de julio de dos mil catorce VISTOS los Oficios N.° 211-2014-MPC y N° 0221-2014-GM/MPC, presentados el 24 de junio y 2 de julio de 2014, por Carlos Alberto Oporto Mamani, gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Herbe Olave Ugarte.

CONSIDERANDOS
1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014.

2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.

3. Con fecha 30 de mayo de (fojas 007), Herbe Olave Ugarte, regidor del Concejo Provincial de Caravelí, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N° 023-2014-MPC, de fecha 18 de junio de (fojas 006), por el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 5
de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que Herbe Olave Ugarte, regidor del concejo provincial, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Jesús Amed García Chumpitazi, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 41696232, candidato no proclamado del movimiento regional Fuerza Arequipeña, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Herbe Olave Ugarte, regidor de la Municipalidad Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jesús Amed García Chumpitazi, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 41696232, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa, mientras dure la licencia concedida a Herbe Olave Ugarte, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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