7/19/2014

RESOLUCIÓN N° 621-2014-JNE Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de

Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN N° 621-2014-JNE Expediente N.° J-2014-00749 SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA - AYACUCHO Lima, quince de julio de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 208-2014-ALC-MDSJB/AYAC., presentado el 7 de julio de por Cristóbal Auqui Salvatierra, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Víctor Hugo Pillaca Valdez, regidor del Concejo Distrital de
Convocan a ciudadana para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN N° 621-2014-JNE
Expediente N.° J-2014-00749
SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA - AYACUCHO
Lima, quince de julio de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 208-2014-ALC-MDSJB/AYAC., presentado el 7 de julio de por Cristóbal Auqui Salvatierra, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Víctor Hugo Pillaca Valdez, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho.

CONSIDERANDOS
1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014.

2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.

3. Con fecha 6 de junio de (fojas 015), Víctor Hugo Pillaca Valdez, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal N° 047-2014-MDSB/ AYAC., de fecha 11 de junio de (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 8 de junio y el 5 de octubre de 2014.

4. Teniendo en consideración que Víctor Hugo Pillaca Valdez, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Ana Liz Durand Luján, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 80322314, candidata no proclamada de la alianza electoral Frente Regional Tuna, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Hugo Pillaca Valdez, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Ana Liz Durand Luján, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 80322314, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras dure la licencia concedida a Víctor Hugo Pillaca Valdez, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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