7/09/2014

RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1012-2014/UNT Aprueban el "Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de

Aprueban el "Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo" UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1012-2014/UNT Trujillo, mayo 26 de 2014 Visto el expediente N° 4914037E y registro N° 6414037, promovido por el Gerente de Planificación y Desarrollo, sobre aprobación Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, con Oficio N° 235-2014-GPD la Gerencia de Planificación y Desarrollo en cumplimiento
Aprueban el "Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo" UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1012-2014/UNT
Trujillo, mayo 26 de 2014
Visto el expediente N° 4914037E y registro N° 6414037, promovido por el Gerente de Planificación y Desarrollo, sobre aprobación Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo;

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio N° 235-2014-GPD la Gerencia de Planificación y Desarrollo en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", alcanza el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo, el cual contiene el consolidado de todos los Servicios No exclusivos así como sus requisitos y costos;

Que, asimismo, indica que algunos servicios que antes se encontraban en el TUPA 2010, considerados como Exclusivos, luego de un posterior análisis y revisión del mencionado documento se concluyeron que los Servicios N°s. 139, 203, 207 y 171 son Servicios No Exclusivos, incorporándose en el TUSNE 2014;

Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 37°, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;

De conformidad con el Inc. d) del artículo 33° de la Ley 23733 concordante con el inciso a) y c) del artículo 178°
del Estatuto de la Universidad Nacional de Trujillo;

SE RESUELVE:

1°) APROBAR el "Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo", formulado por la Dirección de Desarrollo Organizacional de la Gerencia de Planificación y Desarrollo, el mismo que forma parte del expediente.

2°) DISPONER que la Gerencia de Planificación y Desarrollo, a través de la Dirección de Desarrollo Organizacional se encargue de la difusión del "Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo", remitiendo a todas las unidades involucradas en la prestación de estos servicios, una copia del mismo, para su aplicación y difusión en lugares visibles y de fácil acceso a los usuarios, bajo responsabilidad de los jefes y responsables de mesa de partes de esas áreas.

3°) ENCARGAR al día siguiente de su aprobación, a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, asimismo su difusión a través del portal institucional de la UNT en la siguiente dirección: www.unitru.edu.pe, tal como lo establece el Art.

4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

4°) AUTORIZAR la publicación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Universidad Nacional de Trujillo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE y en el portal institucional de acuerdo a la Ley N° 29091.

5°) RECOMENDAR al Órgano de Control Institucional efectúe el seguimiento y apoyo necesario para el cumplimiento de la presente Resolución, en concordancia con el Art. 20° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ORLANDO VELASQUEZ BENITES
Rector

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