7/25/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2014-JUS Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de

Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2014-JUS Lima, 24 de julio de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 091-2014/ COE-TC, del 18 de junio de 2014, sobre la solicitud de ampliación de extradición activa a la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano peruano JORGE LUIS VERÁSTEGUI HERNÁNDEZ, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que,
Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a Venezuela
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2014-JUS
Lima, 24 de julio de 2014
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 091-2014/ COE-TC, del 18 de junio de 2014, sobre la solicitud de ampliación de extradición activa a la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano peruano JORGE LUIS
VERÁSTEGUI HERNÁNDEZ, formulada por la Sala Penal Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 24 de febrero de 2014, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano JORGE LUIS VERÁSTEGUI HERNÁNDEZ, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos contra la Libertad Personal – Secuestro en agravio de Mirko Slavkovic Gonzales y contra la Tranquilidad Pública – Asociación Ilícita para delinquir en agravio del Estado peruano (Expediente N° 171-2013);

Que, el literal "a" del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 091-2014/COE-TC, del 18 de junio de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con la Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante) firmado el 20
de febrero de 1928;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano JORGE
LUIS VERÁSTEGUI HERNÁNDEZ, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos contra la Libertad Personal – Secuestro en agravio de Mirko Slavkovic Gonzales y contra la Tranquilidad Pública – Asociación Ilícita para delinquir en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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