8/16/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 209-2014-INEI Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47)

Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 209-2014-INEI Lima, 15 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 164, 185 y 193-2014-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios, para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2014; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente N° 079-2014-MTPE/2.14, con
Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 209-2014-INEI
Lima, 15 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 164, 185
y 193-2014-INEI, se aprobaron los Índices Unificados de Precios, para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio y julio de 2014;

Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente N° 079-2014-MTPE/2.14, con fecha 17 de julio de 2014, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2014-2015, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 13 de agosto de 2014, con el Auto Directoral General N° 207-2014-MTPE/2/14, en la cual, como resultado de la negociación directa, se acordó entre otros, otorgar un aumento general sobre su Jornal Básico diario, a los trabajadores de Construcción Civil del ámbito nacional, a partir del 1 de junio de 2014;

Que, para tal efecto resulta necesario modificar el Índice Unificado de Mano de Obra de los meses de junio y julio de 2014, para las seis áreas geográficas;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio de 2014, en la forma siguiente:

CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA
AÑO ÍNDICES
MES ANTERIOR MODIFICADO
JUNIO 498,10 523,70
JULIO 498,10 523,70
Artículo 2°.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio a julio de 2014, deberán utilizar para la fijación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales N°s. 164, 185 y 193-2014-INEI, que aprobaron los Índices Unificados correspondientes a dichos meses.

Regístrese y comuníquese.

ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS
Jefe

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.