8/01/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2014-TR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2014-TR Lima, 31 de julio de 2014 VISTOS: El Memorando N° 108-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP y el Informe N°103-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 353-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 339-2014-TP/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 488-2014-MTPE/3/24.1,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2014-TR
Lima, 31 de julio de 2014
VISTOS: El Memorando N° 108-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP y el Informe N°103-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 353-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 339-2014-TP/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 488-2014-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por Decreto Supremo N° 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;

Que, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza a realizar de manera excepcional, diversas transferencias financieras entre entidades, lo que incluye a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, establece que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza sobre la base del presupuesto del Programa y las fuentes de cooperación; siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, mediante Resolución Directoral N° 030-2014-TP/DE de fecha 20 de mayo de 2014, se aprueba el financiamiento por la suma de S/. 17 202 259.36 (Diecisiete Millones Doscientos Dos Mil Doscientos Cincuenta y Nueve con 36/100 Nuevos Soles) correspondiente al Aporte Total del Programa a favor de organismos públicos, de ciento seis (106) proyectos de la Acción de Contingencia AC-64; de los cuales, según Memorando N° 108-2014-TP/ DE/UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos refiere que la Municipalidad Distrital de El Porvenir - Pelejo Región San Martín comunicó su desistimiento de solicitud de cofinanciamiento de un (01)
proyecto de inversión pública, además, señala que seis (06) organismos proponentes de seis (06) proyectos, no cumplieron con levantar las observaciones, entregar el expediente técnico y/o suscribir el convenio en el plazo establecido en el Cronograma de Actividades; por lo que solicitó la Certificación de Crédito Presupuestario para noventa y nueve (99) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-64, cuyo aporte del Programa corresponde a S/. 15 928 147.42 (Quince Millones Novecientos Veintiocho Mil Ciento Cuarenta y Siete con 42/100 Nuevos Soles);

Que, asimismo, a través del Memorando N° 353-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de fecha 11 de julio de 2014, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación otorga la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0267, cuyo aporte del Programa asciende a la suma total de S/. 15 928 147.42 (Quince Millones Novecientos Veintiocho Mil Ciento Cuarenta y Siete con 42/100 Nuevos Soles), la que corresponde a noventa y nueve (99) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-64;

Que, con Informe N° 103-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, de fecha 14 de julio de 2014, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos remite veintiséis (26)
convenios, cuyo aporte total del Programa asciende a la suma de S/. 3 446 415.23 (Tres Millones Cuatrocientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Quince con 23/100
Nuevos Soles), los cuales están consignados en el cuadro consolidado denominado "Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia AC-64 (Segundo Grupo)", según anexo adjunto, solicitando la transferencia financiera para dicho número de convenios;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Gerencial de Proyectos; de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR
y el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de veintiséis (26) convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-64 (Segundo Grupo), por la suma total de S/. 3 446 415.23 (Tres Millones Cuatrocientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Quince con 23/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.
trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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