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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2014-TR Aprueban transferencia financiera del Programa para la

Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de 9 convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-67 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2014-TR Lima, 21 de agosto de 2014 VISTOS: El Memorando N° 137-2014/TP/DE/ UGPYTOS-UATEP y el Informe N° 111-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos;
Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de 9 convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-67
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2014-TR
Lima, 21 de agosto de 2014
VISTOS: El Memorando N° 137-2014/TP/DE/ UGPYTOS-UATEP y el Informe N° 111-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 429-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 368-2014-TP/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 519-2014-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;

Que, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, autoriza gastos para la ejecución de proyectos de inversión pública de prevención y mitigación de riesgos de desastres, en el marco del Programa "Trabaja Perú", conforme al Anexo N° 1-B, hasta por la suma de S/. 84 922 661,00 (Ochenta y Cuatro Millones Novecientos Veintidós Mil Seiscientos Sesenta y Uno con 00/100 Nuevos Soles), los que se financia con cargo a los recursos asignados a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a los que hace referencia el artículo 11 de la citada Ley;

Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la referida Ley, dispone que "excepcionalmente los recursos para proyectos de inversión a que se refieren los artículos 3, 5, 6 y 7 de la presente Ley, que no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Ley, o que no hayan podido ser comprometidos por causal ajena a la gestión o decisión de la respectiva entidad, pueden ser destinados a la ejecución de otros proyecto de inversión que tengan las mismas finalidades que se señalan en los mencionados artículos";

Que, conforme al marco normativo expuesto, mediante Decreto Supremo N° 209-2014-EF se aprueba el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley N° 30191 a favor del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" hasta por la suma de Tres Millones Quinientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 00/100 nuevos soles (S/ 3 567 257,00), a fin que sean destinados a nueve (09) proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, según relación de proyectos de inversión pública y montos detallados en el Anexo que forma parte del referido dispositivo;

Que, en ese contexto, con Memorando N° 137-2014/TP/DE/UGPYTOS-UATEP e Informe N° 111-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, informa que los organismos proponentes de los nuevos (09) proyectos priorizados, comprendidas en el Decreto Supremo N° 209-2014-EF, confirmaron su participación; asimismo, informa que como resultado de la evaluación de los expedientes técnicos declarados conformes, se determina que el costo total del aporte del Programa de los (09) proyectos priorizados asciende a la suma total de S/. 3 521 845.81 (Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 81/100
Nuevos Soles), por lo que solicita se otorgue la Certificación de Crédito Presupuestario para los nueve (09) proyectos priorizados consignados en el cuadro consolidado denominado "Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia AC-67", y la emisión de la resolución ministerial que autorice las transferencias financieras del Aporte del Programa a favor de los organismos ejecutores públicos;

Que, a través del Memorando N° 429-2014-TP/DE/ UGPPME-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, otorga la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 308 por la suma total de S/. 3 521
845.81 (Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 81/100 nuevos soles), la misma que corresponde a los nueve (09) proyectos de inversión pública definitivos de la Acción de Contingencia AC-67, en el marco de la Ley N° 30191 y el Decreto Supremo N° 209-2014-EF;

Que, asimismo, mediante Informe N° 368-2014-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, concluye por la procedencia que se apruebe la transferencia financiera por S/. 3 521 845.81 (Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 81/100 nuevos soles) para nueve (09)
convenios priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-67;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el literal a) del numeral 12.1
del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre; y, el Decreto Supremo N° 209-2014-EF, que aprueba el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5° de la Ley N° 30191 a favor del Programa "Trabaja Perú" del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de nueve (09) convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-67, por la suma total de S/. 3 521 845.81 (Tres Millones Quinientos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 81/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.
trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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