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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 631-2014/MINSA Aprueban Directiva Administrativa "Criterios y Parámetros
8/22/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 631-2014/MINSA Aprueban Directiva Administrativa "Criterios y Parámetros
Aprueban Directiva Administrativa "Criterios y Parámetros Sectoriales para la aplicación de los Contenidos Mínimos Específicos (CME) 12 en Estudios de Preinversión de Establecimientos de Salud Estratégicos" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 631-2014/MINSA Lima, 20 de agosto del 2014 Visto, El Expediente N° 14-066758-001 que contiene el Informe N° 248-2014-OGPP-OPI/MINSA y el Memorándum N° 0949-2014-OGPP-OPI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el numeral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 631-2014/MINSA
Lima, 20 de agosto del 2014
Visto, El Expediente N° 14-066758-001 que contiene el Informe N° 248-2014-OGPP-OPI/MINSA y el Memorándum N° 0949-2014-OGPP-OPI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3° de la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Sistema Nacional de Inversión Pública se sustenta en los principios, normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen la Inversión Pública;
Que, el literal f) del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento de la Ley N° 27293, aprobado con Decreto Supremo N° 102-2007-EF y sus modificatorias, indica que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas, tiene entre sus competencias, establecer los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los Proyectos de Inversión para poder declarar su viabilidad;
Que, en ese contexto, mediante Resolución Directoral N° 008-2012-EF/63.01, se aprueban los Contenidos Mínimos Específicos de Estudios de Preinversión de Programas de Inversión Pública y Proyectos de Inversión Pública;
Que, con Resolución Directoral N° 010-2012-EF/63.01, se aprobó el Anexo CME 12-Contenidos Mínimos Específicos de Estudios de Preinversión a nivel de Perfil de Proyectos de Inversión Pública en Establecimientos de Salud Estratégicos del Ministerio de Salud, de la Resolución Directoral 008-2012-EF/63.01;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1157, que aprueba la Modernización de la Gestión de la Inversión Pública en Salud, se establecen los mecanismos e instrumentos de coordinación para el planeamiento, priorización y seguimiento de la expansión y sostenimiento de la oferta de los servicios de salud, en todos los prestadores públicos del sector salud en el marco de la rectoría del Ministerio de Salud en la política nacional de salud;
Que, el artículo 3° del mencionado Decreto Legislativo establece que la política nacional de salud prioriza el fortalecimiento de los servicios de salud estratégicos y de las redes integradas en salud, siendo además que las decisiones de inversión pública están orientadas por los objetivos de la política nacional de salud, establecidos por el Ministerio de Salud;
Que, el numeral 6.1.2 de las Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud, aprobadas con Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA, dispone que la Directiva es el documento normativo con el que se establecen aspectos técnicos y operativos en materias específicas, que puede estar referida, entre otras cosas, a la actuación administrativa o asistencial que corresponda de sus órganos de línea, apoyo, asesoría y/o alta dirección, siendo su aplicación de carácter permanente, y de cumplimiento obligatorio, entre otros, de las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en los Gobiernos Regionales;
Que, a través de los documentos del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha propuesto la aprobación de la Directiva Administrativa que establece los "Criterios y Parámetros Sectoriales para la aplicación de los Contenidos Mínimos Específicos (CME) 12 en Estudios de Preinversión de Establecimientos de Salud Estratégicos en cumplimiento de lo establecido en las Resoluciones Directorales N° 008-2012-EF/63.01 y N° 010-2012-EF/63.01;
Que, en ese sentido, considerando que la Directiva propuesta contribuirá a que los responsables de la formulación de estudios de preinversión a nivel de perfil de los establecimientos de salud estratégicos, utilicen de manera eficiente los recursos de inversión disponibles en el país, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar la Directiva Administrativa que establece los criterios y parámetros sectoriales para la formulación de estudios de preinversión a nivel de perfil de los establecimientos de salud estratégicos, en concordancia con lo señalado en la Resolución Directoral
N° 010-2012-EF/63.01;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora de General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Decreto Legislativo N° 1157, que aprueba la Modernización de la Gestión de la Inversión Pública en Salud y en las Resoluciones Directorales N°s.
008-2012-EF/63.01 y N° 010-2012-EF/63.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 202-MINSA/OGPP-V.01 "Criterios y Parámetros Sectoriales para la aplicación de los Contenidos Mínimos Específicos (CME) 12 en Estudios de Preinversión de Establecimientos de Salud Estratégicos", la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Disponer que la Oficina de Proyectos de Inversión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectúe la difusión, supervisión e implementación de la Directiva aprobada con el artículo 1°
de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial y la Directiva aprobada en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge normas.asp).
Artículo 4°.- La Directiva aprobada con la presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
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