9/06/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2014-TR Modifican la R.M. N° 004-2014-TR, mediante la cual se delegó

Modifican la R.M. N° 004-2014-TR, mediante la cual se delegó al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo diversas facultades y atribuciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2014-TR Lima, 5 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la
Modifican la R.M. N° 004-2014-TR, mediante la cual se delegó al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo diversas facultades y atribuciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2014-TR
Lima, 5 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, asimismo, el artículo 38 de la citad ley, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especifica, en el ámbito de competencia de la entidad a que pertenecen;

Que, el literal h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, dispone que son funciones del Ministro, entre otros, delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas de su función siempre que la normatividad lo autorice;

Que, asimismo, el artículo 12 del referido Reglamento, prescribe que el Secretario General ejerce la representación legal del Ministerio y puede asumir, por delegación expresa del Ministro, las materias que correspondan a éste y que no sean privativas de su función de Ministro de Estado;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 004-2014-TR del 3 de enero de 2014, se delegó, entre otros, al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, diversas facultades y atribuciones respecto de las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 005 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, el artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece que el órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces;

Que, a efectos de desarrollar una adecuada ejecución de los contratos administrativos de servicios de todos los proyectos, programas o unidades adscritas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, resulta procedente modificar la delegación de facultades aprobada por Resolución Ministerial N° 004-2014-TR;

Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley del Poder Ejecutivo;
la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 29626 y el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el contrato administrativo de servicios, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el numeral 1.4) al artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2014-TR del 3 de enero de 2014, conforme al siguiente texto:
" 1.4 Respecto a las Unidades Ejecutoras 002 y 005
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo:
- Establecer disposiciones, lineamientos, directivas y/o manuales respecto al trámite, órgano de selección y/o procedimiento de contratación del personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 1057, normas modificatorias y su Reglamento, de todos los proyectos, programas o unidades adscritos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo."
Artículo 2.- Déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PÉÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.