10/02/2014

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 032-2014-PCM/SD Disponen inscribir en el Registro

Disponen inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 032-2014-PCM/SD Lima, 19 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 026-MANFORS-A y N° 028-2014 MANFORS-A, el Acta de Sesión de Consejo Directivo de fecha 23 de julio de y los Informes N° 087-2014– PCM/SD-OGI-MIRA y N° 090-2014–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que,
Disponen inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 032-2014-PCM/SD
Lima, 19 de setiembre de 2014
VISTOS:

Los Oficios N° 026-MANFORS-A y N° 028-2014
MANFORS-A, el Acta de Sesión de Consejo Directivo de fecha 23 de julio de y los Informes N° 087-2014–
PCM/SD-OGI-MIRA y N° 090-2014–PCM/SD-OGI-MIRA;
y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 524-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS" en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Provinciales de Recuay y Bolognesi y las Municipalidades Distritales de Huayllapampa, Llacllín, Marca, Pampas Chico, Pararín y Ticapampa de la Provincia de Recuay, y Antonio Raymondi, Cajacay y Huayllacayan de la Provincia de Bolognesi, en el Departamento de Ancash, y la Municipalidad Distrital de Paramonga de la Provincia de Barranca, en el Departamento de Lima;

Que, el numeral 14.2 del artículo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación forzosa de una municipalidad de una mancomunidad municipal; en el literal c.2), numeral 17.5, del artículo 17° de esta misma norma se señala que para tal decisión será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Directivo;

Que, el numeral 10.2 del artículo 10° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, señala que la separación forzosa se inscribe con el Acta de Sesión de Consejo Directivo con el acuerdo que exprese tal decisión, fundada en causal prevista en el Estatuto de la Mancomunidad Municipal;
luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de la modificación del Estatuto, como resultado de la separación;

Que, mediante el Oficio N° 026-MANFORS-A, el Gerente General de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS" solicita la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga, en el Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, por Oficio Múltiple N° 125-2014-PCM/SD
la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 087-2014-PCM/SD-OGI-MIRA que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga;

Que, mediante Oficio N° 028-MANFORS, el Gerente General de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS" presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga;

Que, mediante el Acta de Vistos, el Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS" acordó la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga, fundándose en la causal prevista numeral 24.2 del artículo vigésimo cuarto del Estatuto de esta entidad;

Que, acorde con el Informe N° 090-2014–PCM/ SD-OGI-MIRA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el numeral 14.2 del artículo 14° del Reglamento de la Ley y en el numeral 10.2 del artículo 10° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS", en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS".

Artículo 2°.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS", está conformado como sigue:
- Presidente: Juan Teodocio Ibarra Padilla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico.
- Director: Roberto Melchor Requena García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararín.
- Director: Gerardo Cristóbal Ramírez Salomé, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llacllín.
- Directora: Martha Genivera Ramos T amara, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Marca.
- Director: Eustorgio Isaac León Paico, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllapampa.
- Director: Pedro Melecio Cochachin Ortiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticapampa.
- Director: Felipe Santos Lázaro Sandoval, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cajacay.
- Director: Jorge Vicente Nina Solano, alcalde de la Municipalidad Distrital de Antonio Raymondi.
- Director: Marcos Alberto Lucas Camones, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllacayan.
- Director: Milton Duck León Vergara, alcalde de la Municipalidad Provincial de Recuay.
- Director: Juan Ernesto Rivera Alzamora, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bolognesi.

Artículo 3°.- Registro de Anexo Inscribir el Acta de Sesión de Consejo Directivo que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Paramonga de la "Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa" – "MANFORS", en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización (e)

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