11/28/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 041-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la autorización a Certificación de Competencias Profesionales y Laborales SAC, como Entidad Certificadora de Competencias en el área de salud de los egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior de: Enfermería Técnica, Técnica en farmacia, Técnica en Laboratorio Clínico, Prótesis Dental y Técnica en Fisioterapia y Rehabilitación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 041-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 24 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio
Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la autorización a Certificación de Competencias Profesionales y Laborales SAC, como Entidad Certificadora de Competencias en el área de salud de los egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior de: Enfermería Técnica, Técnica en farmacia, Técnica en Laboratorio Clínico, Prótesis Dental y Técnica en Fisioterapia y Rehabilitación
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 041-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 24 de noviembre de 2014
VISTO:

El Oficio N° 045-2014-SINEACE/ST-DEC-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE
y el Informe N° 060-2014-SINEACE/P-ST-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, de acuerdo al literal g) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, autorizar y registrar a las entidades especializadas para ejercer las funciones de evaluación externa con fines de acreditación y certificación de competencias;

Que, mediante los documentos de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, así como la Oficina de Asesoría Jurídica, se señala que la persona jurídica "Certificación de Competencias Profesionales y Laborales SAC", ha cumplido con los requisitos establecidos en la Guía de Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias de Profesionales Titulados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior para ser autorizada como entidad certificadora de competencias en el área de salud de los egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior de: Enfermería Técnica, Técnica en farmacia, Técnica en Laboratorio Clínico, Prótesis Dental y Técnica en Fisioterapia y Rehabilitación;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 070-2014-CDAH de sesión del 19 de noviembre 2014, se aprobó la autorización a la entidad "Certificación de Competencias Profesionales y Laborales SAC", como Entidad Certificadora de las competencias mencionadas precedentemente;

De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 070-2014-CDAH
de sesión del 19 de noviembre del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó la autorización a la entidad "Certificación de Competencias Profesionales y Laborales SAC", como Entidad Certificadora de Competencias en el área de salud de los egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior de:

Enfermería Técnica, Técnica en farmacia, Técnica en Laboratorio Clínico, Prótesis Dental y Técnica en Fisioterapia y Rehabilitación.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

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