11/28/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 042-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron las "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Espárragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Orgánico" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 042-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 24 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 029-SINEACE/ST-DEC-EBTP, N° 030-SINEACE ST-DEC-EBTP y N° 031-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica
Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron las "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Espárragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Orgánico"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 042-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 24 de noviembre de 2014
VISTOS:

Los Oficios N° 029-SINEACE/ST-DEC-EBTP, N° 030-SINEACE ST-DEC-EBTP y N° 031-2014
SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, de acuerdo al literal e) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, aprobar normas y procedimientos para la evaluación y certificación de competencias;

Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, propone la aprobación de los documentos denominados: "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Espárragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Orgánico", los mismos que cumplen con la validación de expertos en el tema.

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 19 de noviembre 2014, llegó a los siguientes acuerdos:
• Acuerdo N° 071-2014-CDAH, mediante el cual se aprobó el documento técnico denominado "Normas de Competencia del Productor de Frijol"
• Acuerdo N° 072-2014-CDAH, mediante el cual se aprobó el documento técnico denominado "Normas de Competencia del Productor de Espárragos"
• Acuerdo N° 073-2014-CDAH, mediante el cual se aprobó el documento técnico denominado "Normas de Competencia del Productor de Banano Orgánico"
De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Oficializar los Acuerdos N° 071-2014-CDAH, N° 072-2014-CDAH y N°073-2014-CDAH de sesión del 19 de noviembre 2014, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó los documentos denominados: "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Espárragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Orgánico" respectivamente, que en anexo forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

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