11/29/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0355/2014-INIA Establecen disposiciones para contabilizar el plazo para

Establecen disposiciones para contabilizar el plazo para formular comentarios sobre el Proyecto de Reglamento de Plantas de Vivero de Frutales a que se refiere la R.J. N° 00349/2014-INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0355/2014-INIA Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTO: La Resolución Jefatural N° 00349/2014-INIA, de fecha 19 de noviembre del 2014; CONSIDERANDO: Que, el marco de la Legislación General de Semillas establecido en la Ley 27262 modificado por el Decreto
Establecen disposiciones para contabilizar el plazo para formular comentarios sobre el Proyecto de Reglamento de Plantas de Vivero de Frutales a que se refiere la R.J. N° 00349/2014-INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0355/2014-INIA
Lima, 25 de noviembre de 2014
VISTO:

La Resolución Jefatural N° 00349/2014-INIA, de fecha 19 de noviembre del 2014;

CONSIDERANDO:

Que, el marco de la Legislación General de Semillas establecido en la Ley 27262 modificado por el Decreto Legislativo 1080 y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-AG, se han previsto las reglas y normas de procedimiento para su aplicación, señalando que respecto de las clases de especies con sistemas particulares de reproducción, como es el caso de las especies frutales, forestales, hortícolas y ornamentales, se establecerá una Reglamentación Especifica de semillas por especie o grupo de especies, con la finalidad de asegurar la disponibilidad de material de multiplicación comprobadamente sanos, con garantía de su genuinidad varietal;

Que, en ese sentido, el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, en su calidad de Autoridad de Semillas, establecida como tal en el artículo 5° del citado Reglamento General, en trabajo conjunto con el Comité Técnico de Semillas y Plantones de Frutales, han elaborado el proyecto de Reglamento de Plantas de Vivero de Frutales, disponiéndose mediante Resolución Jefatural N° 00349-2014-INIA se prepublique en el portal institucional (www.inia.gob.pe) por el plazo de 30 días calendarios;

Que, la semilla es el insumo primordial de la actividad agrícola, del cual depende el potencial productivo de los cultivos y en consecuencia, su adecuada y oportuna disponibilidad en calidad y cantidad es determinante para elevar la productividad y uso eficiente de los demás insumos de la producción; de ahí que su regulación y/ o disposiciones normativas resultan relevantes por ser de carácter general e interés nacional y por ende su conocimiento y cumplimiento se encuentre garantizada mediante una adecuada publicidad, siendo además factible se publique el acto resolutivo en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en tal sentido, en conformidad con el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que regula entre otros la publicidad y publicación de disposiciones normativas de carácter general y sus respectivos proyectos, mediante medios de información tecnológica, como las referidas al portal electrónico de las entidades públicas, entre otros, es pertinente emitir el presente acto resolutivo;

De conformidad con la Ley 27262 modificado por Decreto Legislativo 1080, el Reglamento General de la Ley General de Semillas aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-AG y las facultades conferidas por el art. 8°
del Reglamento de Organizaciones y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, y con las visaciones de los Directores Generales de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer que la prepublicación del Proyecto de Reglamento de Plantas de Vivero de Frutales, dispuesta por la Resolución Jefatural N° 00349/2014-INIA en el portal electrónico del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA por el plazo de 30 días calendarios, se contabilizará a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial el Peruano, para que las personas interesadas y/o público en general formulen sus comentarios y/o aportes sobre dicho proyecto de Reglamento, ante el Programa Especial de la Autoridad de Semillas - PEAS.

Artículo 2°.- Vencido el plazo señalado en el artículo anterior, el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA – dará cuenta al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego de los comentarios y/o aportes referidos al Proyecto de Reglamento materia de publicación, para los fines legales respectivos.

Regístrese y comuníquese y publíquese.

ALBERTO DANTE MAURER FOSSA
Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria

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